Escribo para informar a los lectores de este foro, que he podido realizar el cambio de trabajo sin problema cuando mi NIE estaba caducado y en trámite de renovación.
Me di de baja de la SS y al siguiente día me di de alta de nuevo con el nuevo empleador sin problemas.
Muchas gracias por la asesoría recibida en este foro.
Muchísimas gracias de nuevo. Efectivamente seguiré tus instrucciones. El cambio lo estaré haciendo durante las próximas 2 semanas; así que si aparece alguna otra incógnita en el camino, no dudaré en acudir aquí de nuevo.
Por ahora, muy agradecido con la agilidad, claridad y apoyo a este tipo de preguntas en este espacio y por tu parte.
De todas formas, cuando finalice este proceso de cambio, informaré aquí las conclusiones y los nuevos elementos por si pudieran servir a alguien más.
Realmente no entiendo eso del "Certificado de actos presuntos", pero puede ser un certificado que hace referencia la ley cuando ha pasado el tiempo estimado en que la Delegación debe resolver tu solicitud (Tres meses a partir de la presentación). Presumo que es el documento a que se refiere el oficial de SS.
Este documento se expide a petición de la parte interesada, para acreditar que su solicitud ha sido concedida o favorable (yo desde luego nunca lo he hecho, si he pedido duplicados de resolución porque no ha llegado a tiempo o así).
Con lo cual, mi sugerencia es que te pases por la oficina de información sobre renovaciones que te corresponda (con el resguardo de la solicitud de renovación y tu documento), para informarte cómo va tu trámite. Si es favorable, pedir un duplicado de la resolución para con la misma ir a SS a realizar el cambio de empleador y si aún no aparece con ninguna decisión reclamar un certificado de estimación de la solicitud el día que se cumplen los tres meses de presentada la petición para que te sirva de justificante en la Tesorería.
Esto a mi parecer no debería tardarte tantísimo y con ello podrás aprovechar la nueva oferta de empleo. De todas maneras, espero que hayas preguntado si con tu resguardo de que estás en renovación si puedes hacer el alta, porque en Madrid lo solemos hacer de ese modo.
Muchas gracias por tu información y tu prontísima respuesta.
He llamado esta mañana a la Tesorería General de la SS, exponiendo mi caso. Me dicen que si presenté la renovación del NIE el 24/07/09, sería conveniente que fuera a Exranjería y pidiera un "certificado de actos presuntos". Me hicieron entender que si no hay respuesta a los 3 meses (esto sería el 24/10/09), la respuesta tentativa es afirmativa, y que quizás el funcionario en la SS me pidiera este documento.
Mi pregunta es la siguiente, ya que he intentado llamar y buscar sin éxito por internet, y la persona de la Tesorería Gral no supo contestarme: ¿Cómo solicito tal documento? ¿Qué requisitos necesito? ¿Existe un formulario que deba cumplimentar previamante?
Puedes hacer perfectamente el cambio si has conseguido una nueva oferta de trabajo.
En cuando al alta con tu NIE caducado al menos en Madrid la Oficina de Seguridad Social permite que des el alta con el resguardo de la renovación, así que entiendo que también te lo permitan allí.
En cualquier caso, mi sugerencia es que investigues allí en Barcelona con la Oficina de SS, puesto que se trata de cuestiones administrativas; es decir, cada oficina tiene su propio procedimiento para requerirte uno u otro documento.
Por mi experiencia entiendo que no tendrían por qué ponerte pegas para hacer el alta con el resguardo que tienes de la renovación.
Saludos,
Maciel
Extranjería e Inmigración
massi1era@hotmail.com
Mi NIE se encuentra en trámite de renovación (primera renovación cuenta ajena), que solicité el pasado 24/07/09, pero caducó el pasado 20/09/09 y aún no he recibido respuñesta.
Actualmente continúo mi relación laboral inicial, pero recbí una nueva oferta con otro empleador que me interesa; misma zona geográfica (Barcelona), y misma actividad económica. Mi pregunta es que si teniendo el NIE caducado, pero con la fotocopia del resguardo sellado conforme está en trámite de renovación, es posible darme de alta en la SS con el nuevo empleador, una vez me de de baja con el actual.
En tal caso, si pudiera recbir referencia puntual de la ley que aplique, agradecería mucho para llevarla a la SS en caso de necesitarla.