Buenos días:
Hace dos años mi esposo y yo (con separación de bienes) compramos una vivienda y para que nos dieran la hipoteca, se puso todo a nombre de los dos. Pero solo la pago yo (como se dijo inicialmente).
Es mas, en la cuenta bancaria figuramos los dos, pero desde el primer momento es solo mi nómina la que figura como ingreso y yo soy la única que opero en esa cuenta.
Ahora, me gustaría saber de que manera puedo poner la vivienda a mi nombre, de la forma mas económica. Si la hipoteca está a nombre de dos, aunque yo solo la pague y el tenga seguro, la propiedad puede estar a mi nombre?
No se si se explicarme.
Gracias de antemano.
Vd. puede comprar el 50% de la vivienda a su marido. La forma de pago sería asumiendo el 50% del saldo pendiente de la hipoteca. El Notario sabe como redactarlo.
De esta manera Vd. es propietaria del 100% de la vivienda, aunque la hipoteca seguirá a nombre de los dos, ya que los acuerdos a los que hayan llegado Vd. no vinculan a los Bancos.
Como Vd. se ha comprometido notarialmente al pago del 100% de la cuota hipotecaria, si Vd. incumpliera dicho requisito, el Banco le reclamará a su marido, pero él puede iniciar acciones tendentes a cobrar las cantidades que se hubiera obligado a pagar, a cargo de participación en la vivienda, o pedir la subasta de la misma, con lo que sus derechos quedarían cubiertos.
De momento, y sin que el Banco autorice novación de la hipoteca exclusivamente a nombre de Vd., que por lo que nos ha comentado no lo veo probable, esta es la opción que pueden tomar.
Buenas tardes Arena40. No se preocupe, que se ha explicado estupendamente. La solución sería que acuda junto con su esposo a un notario para intentar formalizar una escritura de reconocimiento dominical habida cuenta que su escritura de compraventa se fundamenta en una fiducia cum amico. Me explico, usted es el titular real de la totalidad de la finca mientras que su marido ha tenido una simple titularidad formal a los únicos efectos de que le concedieran la hipoteca.
La hipoteca es una cosa, y la propiedad de la vivienda otra. Puede haber más titulares/avalistas que los que sean propietarios, es simplemente una garantía adicional para el banco en caso de impago. De cara a determinar la propiedad da igual quién esté o no en la hipoteca, en el registro figurará de quién es, y la mención de si tiene alguna carga hipotecaria por la que la vivienda podría ser embargada. Cuando la comprasteis ya deberíais haberlo puesto solo a tu nombre, que eso al banco en principio le da igual, porque las garantías de cobro son las mismas la compre también tu marido o figure solo como avalista sin ser propietario.
Lo del simple reconocimiento (sin negocio transmisivo) siempre es difícil de determinar si es o no fraudulento, y si así puede sospecharlo hacienda. Hay precedentes bastantes similares a tu caso, pero puede generar problemas, que no se tendrían con una simple extinción de condominio, que sería el procedimiento habitual.