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¿cambio de sueldo: cambio de pensión alimenticia?

9 Comentarios
 
¿cambio de sueldo: cambio de pensión alimenticia?
12/07/2004 11:50
Vamos a ver el tema es el siguiente:

Como padre de dos niñas, que no veo desde hace mas de diez años, he ido pagando la pensión alimentica que mas o menos asciende a unas 125.000 Ptas y tengo un sueldo de unas 500.000 No he tenido contacto con mis hijas ni con mi ex desde que me separe. No se nada. Ni siquiera si estan vivas.
El tema es que ahora mi empresa me propone una jubilación anticipada donde mi sueldo pasaria a ser de unas 300.000 Ptas mas o menos El maximo de jubilación).

La pregunta es
Si pido cambio de medidas, a quien dara el juez la razon?
La jubilación es antes de los 65 y es un apaño que me porpone la empresa, con lo lenta que es la justica cuanto tardara en pronunciarse?
Mis hijas deben tener sobre los 24 i 21 años respectivamente y no tengo ni idea de si trabajan. Si hubieran trabajado antes por ejemplo desde ha ce ya dos años, tenian la obligación de comunicarmelo? sino fuera así me devolveran lo pagado?

Alguien puede explicarme un poco con esta situación que puede pasar? Me pueden embargar la jubilación si no pago la pension de alimentos.

Gracias y se aceptan ideas
12/07/2004 12:05
Si su situación personal y económica varía sustancialmente como es el caso, puede solicitar una modificación de medidas.
Para saber a quien dará el juez la razón deberá celebrarse el juicio. Si Vd. considera que es una buena propuesta y dada las edades de todos los afectados tiene bastantes posibilidades. De todas formas consulte directamente con un profesional.
Para saber si sus hijas trabajan basta un simple informe de vida laboral.
Es muy dificil que recupe lo pagado, caso de que no sean independientes económicamente.
Si estuviese obligado a continuar pagando la pensión de alimentos y no la satisface, sus hijas pueden solicitar una ejecución de la sentencia y reclamarle las cantidades tanto por vía civil, (embargo de sus ingresos o bienes) y por vía penal.
12/07/2004 12:44
Alguien peude contestarme algo mas detallado. Lo de pedir revisión de medidas es de libro. y lo de la vida laboral yo no puedo pedirla.
Me gustaria saber si el estado de Jubilidado cambia , alguna copsa, etc... o si hasta aqui tambien voy a estar jodido como siempre.
Gracias Zoraida.

Saludos.
12/07/2004 12:52
El estado de jubilado cambia tus haberes, luego si hay disminución de tu capacidad económica, debe haber una disminución paralela de la pensión que se estableció y ello, con el procedimeinto de modificación que ya te ha apuntado mi compañera. Así de paso te enteras si tus hijas tienen ya independencia económica y lo mismo te encuentras con la sorpresa de que la obligación de alimentos ha desaparecido. Siguiendo con tus cuestiones, si esto último fuera así y ellas estuvieran trabajando, no tienen obligación de comunicártelo y además no te devolverán lo pagado "indebidamente", pues mientras subsista la sentencia y no se modifique el pago procede. Si de cualquier forma sigue procediendo la p. de alimentos, las beneficiarias te podrían embargar la pensión de jubilación en caso de impago, en las cantidades y porcentajes previstos legalmente.
12/07/2004 15:28
Gracias, por las contestaciones. Pero como podria saber si trabajan en la actualidad de forma rapida y barata. Solo conozco el numero del DNI de mis hijas.

La dirección que tengo es la de hace 12 años, no me han comunicado nada y yo no me he movido del mismo domicilio. No quiero volver a sufir lo que me costo por aquel entonces casi dos años de papeleo y un infarto de premio.

Es que esto no termina nunca?

Que justicia mas rara. Ampara a quien quiere, y solo a una de las partes!!!!!. Es que si hay agujeros al empezar, twmbien los hay al final?

Alguien puede ayudarme, alguien que haya pasado por eso ultimamente en condiciones similares.

Agradezco cualquier ayuda al margen de la legal, de buscar un abogado e ir a juicio. Como consigo pruebas??

Gracias a todos.
13/07/2004 12:16
Alguien podria asesorarme un poco o darme su opinion. Estoy negociando con la empresa la jubilación y me gustaria tener puntos de vista. Cualquiera es bueno, supongo que es lo ultimo gordo que voy a hacer y cualquier comentario es enriquecedor.
14/07/2004 14:50
Por favor alguine puede decirme algo. Aunque sea solo su opinión.

Tendre que volver a mis hijas despues de mas de 10 años de no verlas para quitarles la pensión?
Puedo hacerlo a traves de abogado?
Se mantendra la misma proporcion de la P.Alimentica actual versus el sueldo actual con la jubilacion y la nuevfa pensión.

Venga ayudarme que no se que hacer.
15/07/2004 08:25
(Solo una opinion)

Tu abogado puede solicitar al juez que pida a la SS un informe laboral (lo se por experiencia con mi exmujer).

Quizas estaria bien ver a tus hijas, diez años despues, solo por verlas.

Todos cambiamos en 10 años.

Esto es solo una opinion. Saludos
15/07/2004 09:04
Ya he pensado lo de la SS informe laboral, pero y si trabajan por su cuenta?, Mi ex se dedicaba a la venta de casas y seguros cobraba sin S.S.

Las niñas, podrian estar ayudando a su madre y no estar dadas de alta, para ir manteniendo la pensión el maximo tiempo posible. Por eso pedia alguna idea? ya que oficialmente creo que sera dificil. Podrian estar empadronadas con su madres, y vivir en otro sitio y trabajar con ella. Como demustro todo esto? Simpre en este proceso me ha tocado ha mi, estoy harto. Ya no se si dejar de pagar y a ver si van contra un jubilado sin propiedades.

Tambien habia pensado para despistar pedir auxilio, creo que mis hijas deberia mantenerme si yo solo no puedo. Es decir lo que he tenido que hacer yo hasta ahora, qu elo hagan ellas. Hay algun agujero legal. O solo esta para las feminas?

Y si en diez años se cambia, yo tambien he cambiado y no quiero saber nada de ellas.

Alguna idea mas? Muchas Gracias.
15/07/2004 10:38
Creo que se te han apuntado perfectamente las opciones legales que caben. Entiendo que cuando menos una reducción de la pensuión por alimentos es factible teniendo en cuenta por un lado la reducción que experimentarán tus ingresos y por otro que tus hijas, al menos la mayor, están en una edad en que presumiblemente hayan completado su formación y estén en condiciones de acceder al mercado laboral -si es que no lo han hecho ya-
Naturalmente esto supone instar un procedimiento de modificación a cuya vista tendrás que acudir. Quizás consigas la extinción de esa obligación con respecto a ambas hijas o a una de ellas, o una disminución de lo que están pasando actualmente... pero has de ir al pleito.

En cuanto a las sospechas que refieres (que estén empadronadas con la madre y quizás vivien independientes, que puede ser que trabajen con aquella y no estén dadas de alta....) creo que un informe de detectives sería altamente esclarecedor y desde luego te serviría como prueba en juicio.

Un saludo