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Cambio de sitio de puerta de entrada

4 Comentarios
 
Cambio de sitio de puerta de entrada
09/11/2014 13:18
Buenos días,
Mi casa es un piso viejo 4º y ultimo piso sin ascensor el cual tenia baño, cocina y puerta de entrada estropeada con lo cual le consulte al anterior presidente si podía cambiarla de sitio ya que así como estaba entraba directamente a la mitad del salón a lo cual me dijo que lo hiciera que no tenia problema, y viendo que los dos bajos y los dos primeros ya lo habían hecho pues yo lo hice igual a ellos, aun así ahora hace un mes se lo dije nuevamente al nuevo presidente y se lo deje por escrito lo que pensaba hacer y este me dijo que si que lo hiciera sin ningún problema, los contratiempos vienen cuando en el momento de abrir la nueva posición donde quedaría la nueva entrada vino el vecino de la planta de abajo y le dijo a los albañiles que si yo no me había puesto de acuerdo con mi vecino de planta que no podía cambiarla a lo que ya también lo había hablado con ellos y también estuvieron de acuerdo, solo que ellos no podían cambiar la suya. Luego me encontré con otra vecina del bajo que la cambio de sitio y me dijo que eso tenia que haberse aprobado en junta de vecinos y que con visto bueno de aparejadores del ayuntamiento, que no entendía porque el presidente me había autorizado esa reforma. La cuestión es que noto cierto malestar por parte de algunos vecinos por esta reforma y creo que lo están tomando con el presidente que me autorizo para que me insinúe de posibles inspecciones, que porque mi puerta no es igual a la de mi vecino que por cierto la puerta de mi vecino es una puerta vieja que no tiene mas de 175 cm de altura y la mía la compre en leroy que supongo son medidas estándar medirá 2 metros aprox, vamos que es de lo mas normalita del mercado. Mi pregunta es: me pueden denunciar después de todo esto, la reforma de baño cocina duro unas 2 semanas y el cambio de la puerta lo hicieron en un dia y de eso ya terminar hace unos 15 días, me pueden enviar una inspección como lo ha dicho mi presidente hoy? algo a tener en cuenta es que yo no pedí licencia al ayuntamiento, solo obtuve el permiso del presidente actual de mi comunidad,
Algo que tengo claro: no he hecho cosas que allí en esta comunidad no lo hubieran hecho.
Informe verbal y por escrito de mis intenciones al presidente de la comunidad.
Si hay algún tipo de sanción cual podría ser?

agradezco su atención.
09/11/2014 18:44
Aunque la ley habla de configuración o estado exteriores, en su artí 7. En este caso al ser en un espacio común e interior, como es la caja de escalera, hay una servidumbre de estética, que para retírala es preciso la unanimidad.
Pueden demandarle, no creo que le obliguen a restituir a la originalidad, pero si a una indemnización cuantiosa. Depende del juez y de su abogado, como monte su defensa.

11/11/2014 13:02
Gracias por la respuesta, solo una inquietud mas, me veo obligado a asumir un error de actuación por una autorización equivocada del presidente de la comunidad? equivocada digo porque si el o desconocía que tenia que ser autorización por unanimidad debió haberme informado y a lo mejor hasta me abstengo de cambiar de sitio la puerta, en tal caso esta autorización del presidente creo que tiene la misma validez como si se aprueba en junta de vecinos no? o para que se nombra un presidente si no es para resolver este tipo de situaciones?. En tal caso los dos bajos y los dos primeros que cambiaron de sitio también deberian ser denunciados independientemente si fueron autorizados en junta de vecinos no?

GRACIAS
11/11/2014 17:12
No no, el presidente es uno más, no tiene ningún valor que autorice o no. La junta es la que decide.
11/11/2014 23:26
El presidente no es nadie para autorizar nada.
Luego el tema de que usted ha hecho lo que ha hecho la mayoria de otros vecinos hace años pues no le va a perjudicar. O todos moros o todos cristianos. Si sus vecinos ponen aires acondicionados en fachada usted lo pone tambien. Si sus vecinos ponen macetas en el pasillo comunitario delante de sus puertas pues usted las pone tambien. Si sus vecinos cambian las puertas de sitio pues usted tambien. Eso si, siempre que no menoscabe la estabilidad y seguridad del edificio o cause algún tipo de perjuicios.
Podria haber movida en caso de que los vecinos que cambiaron sus puertas pues lo hicieran hace pocos años, pero si los vecinos cambiaron sus puertas hace más de 3 años y nadie se ha metido con ellos pues hay consentimiento tácito. De nada vale ir a un juez a que denuncien para que se reestablezca la ubicación anterior de las puertas.