Hola buenas noches,tengo la custodia de mi hija...la primera vez me la concedieron en juicio y establecieron las visitas.y el padre dejó constancia que no quería la custodia.
Hace un año el padre interpuso una demanda solicitando la custodia compartida pero al final decidió que no la quería pero si dos días más los cuales se los concedí.Por tanto por dos veces la custodia ha sido Mia uno por el juez siempre el dejando claro que no la quería y la segunda por el convenio.
Ahora tengo la situación que debo transladarme a la península (desde Canarias)por temas laborales...me han despedido recientemente por problemás médicos y los trabajos que consigo pagan poco dinero con muchas horas los cuales no me permiten tener tiempo para encargarme de mi hija.
En la península mi hermana y su marido tienen un negocio en le cual me van a contratar con pocas horas de trabajo en horario de colegio y con mucha mejor remuneración de lo que aquí consigo,
El padre aún no lo sabe porque lo he decidido recientemente.
Como debería de actuar ante esta situación?el abogado que me llevo el último paso legal(el del convenio)me dice que puedo transladarme sin problemas ya que la custodia es mía cedida por el en ambos procesos judiciales pero tengo miedo y no sé cómo actuar.me gustaría que pudieran aconsejarme al respecto
Millones de gracias
Disiento de la opinion de tu abogado. La custodia es tuya, pero supongo que la patria potestad es compartida... asi que piensa que, para escolarizar a tu hija, por ejemplo, vas a necesitar la firma del padre.
Por otro lado, supongo que si te trasladas a la peninsula, el regimen de visitas establecido en convenio no se podra cumplir, seguramente habra que modificarlo.
Empieza por comentar tus planes con el padre, porque si el no pone problema a que su hija se traslade contigo, todo sera mas facil (asi deberia ser, puesto que la alternativa, que tu te vayas y la niña se quede con el padre, parece que al padre no le gustaria mucho, por lo que cuentas).
De no estar de acuerdo el padre, deberias solicitar autorizacion judicial, que seguramente te la den, pero hacer las cosas a las bravas puede traer luego peores consecuencias
De acuerdo con sarapiki, y en desacuerdo con tu abogado. La custodia no es un triunfo ni ninguna forma de "tener razón" que se te haya "reconocido" nosecuantas veces. La custodia es que te encargas tú del mantenimiento habitual del menor, ni más ni menos. La patria potestad es de ambos (entiendo), y su padre tiene igual de potestad que tú para poder decidir a qué colegio va, y tiene unos derechos de visita que no podría ejercer en las condiciones pactadas en caso de trasladar su residencia. Tú puedes cambiar de residencia a donde quieras y cuando quieras, que para algo eres mayor de edad, pero eso supondría una modificación sustancial que podría (e incluso debería) dar perfectamente lugar a la modificación del convenio, incluyendo posiblemente quién tenga la custodia. Vamos, que si quieres puedes irte, pero él podría solicitar la custodia, y el juez entender que sería mejor para el menor por no perder amigos, escuela, familia, etc., y que se te haya otorgado mil veces la custodia antes no es condicionante de nada, ya que las condiciones son otras. Para trasladar la residencia del menor necesitas o bien el acuerdo del padre o bien el permiso del juez (si éste llegara a entender que sería mejor para el menor que quedarse visto el conjunto de circunstancias del momento).