Pues va a ser que yo tengo la misma flojera mental que Vthor, si acaso él la tiene, porque estoy de acuerdo en que si los dos, padre y madre, están de acuerdo en dicho traslado, a santo de qué perder tiempo y dinero y dar trabajo a los juzgados.
De todas formas, el tema de la residencia habitual es muy relativo a mi modo de ver por lo escueto de muchas sentencias y si a eso añadimos lo más importante: el interés del menor en dicho desplazamiento.. la controversia está servida.
A nivel judicial el juez resolverá pero ¿sabe el juez realmente lo que va a pasar a posteriori? ¿sabe qué cambio le va a ir mejor o peor a cada niño? Claro, ahora vamos a resumir lo que es ser 'persona' en cuatro datos.
Pues no sé uds. pero yo me considero bastante más compleja como ser humano que lo que aquí se pretende hacer creer y no creo que un juez sea nadie para entrar a valorar qué cambio va a ser mejor o peor porque, para empezar no conoce a ningún menor ni a ningún adulto, ni tiene por qué conocer el lugar concreto con sus características del traslado ¿O tb va a ver el lugar de trabajo, la casa, el barrio, el colegio, los futuros amigos? ¿sabe si ese niño va a dejar de tener contacto con sus amigos anteriores? etc etc ¿todo eso lo va a ver antes de que pase, si lo autoriza, claro? Pero, aunque no lo autorizara, ¿tiene forma de saberlo? jajaja Pedazo poder tienen los jueces.
No sé si se ha percatado de cuánto me importan sus opiniones, y sus repeticiones un tanto obsesivas, pero por esta vez, y sin que sirva de precedente le expondré la realidad aunque soy consciente de que no bajará de la nube donde suele habitar ni medio metro.
Dice usted: "Los jueces deben autorizar que los menores cambien de domicilio (junto con el custodio) por tanto hay que darles el dolor de cabeza que corresponde al interés de los menores, que es lo que se dirime"
Y yo le digo, y le reitero, que si los padres -ambos dos- se ponen de acuerdo y deciden que se mude de aquí para allá, al juez ni le va ni le viene. Y de paso, dejamos que dedique su tiempo a otros menesteres, saliendo beneficiados todos: padre, madre, menor, los abuelos y hasta los Reyes Magos que no se perderán por el camino.
Según usted, hacer eso sería "incumplir una resolución judicial".... ¿y?... ¿quién va a denunciarlo o querellarse?, ¿el vecino del quinto donde se mudan tal vez?... ¿lo consideraría usted persona con interés legítimo en el asunto?...
Pues de ahí lo dicho: que le juez no tiene ni la custodia ni la patria potestad, así que si los padres están de acuerdo en algo sobre su hijo, los demás a tocar la flauta al parque.
Todo ello, claro está, salvo perjuicio claro y evidente del menor, como ponerle a recoger chatarra a los cinco años sin ir al colegio. Pero esos son otros casos muy diferentes de los que aquí se tratan.
Usted, en su afan por judicializar hasta el mínimo detalle, olvida que cualquier relación entre padres beneficia al menor si se hace de mutuo acuerdo.
Pero como digo, no pretendo bajarle de su nube, ya se dará cuenta con el tiempo de que hay otro mundo fuera de los jugados.... espero.
Vthor, si existe sentencia y ambas partes están de acuerdo en modificar algo que regule la sentencia no es correcto variarlo sin tramitarlo a nivel judicial. Si lo hicieran no tendría ese acuerdo valor legal y además estarían ambos infringiendo sentencia judicial.
Ni idea de donde saca Vd. "No sabía yo que ahora la custodia y patria potestad la tuviera un juez y los padres fueran simples peones, pero si ustedes lo dicen... así será... puede que en su imaginación."
Sí es cierto que cuando los progenitores no llegan a un acuerdo sobre guarda y custodia de los menores es el juez quien decide tras oir a las partes...y el resto corre de su imaginación.
Eso de que el juez debe decidir sobre cualquier traslado del menor debe ser nuevo. Que yo sepa sobre el menor siempre deciden sus padres, y si no se ponen de acuerdo entonces el juez, como en tantos temas, se mete.
No sabía yo que ahora la custodia y patria potestad la tuviera un juez y los padres fueran simples peones, pero si ustedes lo dicen... así será... puede que en su imaginación.
Por eso siempre que uno pida una modificación y el otro acepte, es absurdo ir al juez cuando hay acuerdo.
Pero nada, siempre habrá talibanes de lo judicial que querrán seguir visitando los juzgados hasta para decidir el color de los calcetines del niño cuando vaya al cole... están en su derecho, supongo.
Primero decir que:" que el juez deberá decidir sobre cualquier traslado del menor (no del padre o de la madre) sino del menor,si los padres no están de acuerdo en ello.".No es una opinión ,es lo que hay.
Si no se está de acuerdo ,es una postura que no tiene ningún reproche ,el estar de acuerdo o no depende de cada uno .
Yo tampoco estoy de acuerdo con muchas cosas y son las que hay ,por poner ejemplos :
No estoy de acuerdo en que los menores de tres años no puedan pernotar con el padre (y por regla general es así).
No estoy de acuerdo en que el domicilio familiar no se liquide en el momento del divorcio ,y que si la parte custodia lo pide se le conceda el uso ,para que los niños no cambien de casa....etc .etc
Discutir si se está de acuerdo o no ,puede ser una manera de desahogarte ,pero lo que es , es.
alguien me puede ayudar me lleve a mi hija a vivir a 37 km de mi ciudad mi ex la ve cuando le toca la unica condicion q me puso es vender la casa y ahora me viene con el cuento q si de aqui a diciembre no se vende tomara medidas para compartis la custodia en aragon hay custodia compartida q puedo hacer
Dice Vthor "el no custodio va a pedir un cambio, y si se ve razonable con aceptarlo no hay que darle mucho dolor de cabeza a los jueces, que hay otras cosas en los juzgados además de problemas de pareja."
Los jueces deben autorizar que los menores cambien de domicilio (junto con el custodio) por tanto hay que darles el dolor de cabeza que corresponde al interés de los menores, que es lo que se dirime, no el derecho del custodio a irse donde quiera (sin los menores) y por tanto el no custodio no pretende nada del custodio, simplemente reclama el derecho de los menores a permanecer en su ambiente habitual... y si un juez decide un cambio de custodia...es por EL INTERES DEL MENOR no por resolver PROBLEMAS DE PAREJA.
Una cosa es entender, y otra compartir esa opinión, y si no se distingue eso entonces sí que se tiene un problema.
En cuanto al de Brunéi, desde hace años, después de ver cómo "educa" a sus niñitos, yo no le dejaría ni mi bicicleta. Harías bien en no firmar nada de nada.
Lo que parece claro que no se entiende -porque ni se quiere entender- por parte de algun@s es que no es lo mismo desplazarse cinco km. que 500, ni pasar de vivir en un barrio marginal a una VPO, por ejemplo. Pero da igual, los santos defensores de los derechos del mayor sólo entienden que si cambias de número en la calle ya se debe perder la custodia.
Ah y por si a alguno se le ocurre decir que ,mire Vd,como queda demostrado que yo no miro por el bien del menor sino por mi.Le diré que no hace falta que lo digan ,pues yo si que soy egoísta en lo que a mi hija respecta.
Vamos que si viniera el sultan de bruni ,diciendome que quiere adoptar a mi hija ,que se la quiere llevar a Bruni y me diera un contrato como que si la dejaba ir, iba a ser la heredera de él ,yo como madre ,le diria que de eso nada ,aunque aquí a mi lado tenga que vivir en 50 m2 y el máximo lujo que le puedo dar es comprarle una sudadera adidas en su cumpleaños...
Pero vamos que me alegro mucho que haya padres que mirando por el bien de su hijo lo hicieran...
Después de leer atentamente el post he llegado a una conclusión :
O la gente no sabe leer o no sabe interpretar lo que lee.
Con lo cual entablar discusión con alguien que no es capaz de razonar es una misión que no tiene ningún sentido.
Por lo que a mi respecta diré que yo como madre de una niña (,no ya como custodia o no custodia),sino simplemente como madre si el padre decidiera trasladara mi hija lejos de mí , movería Roma con Santiago .
Esta visto que por aquí ,hay a gente que le daría igual , quizás no tenga hijos .Pero yo como madre no me estaría de brazos cruzados viendo como alejan a mi hija de mí .
Por la misma razón entiendo y comprendo que el padre actuará igual que yo si fuera yo quien decidiera irme con el menor.
Y como es lógico si un progenitor no está de acuerdo con el traslado del menor,cosa que puede hacer ,ya que el hijo es de los dos ,podrá hacer lo que crea oportuno legalmente para que esto no suceda y ya que lo que un progenitor no puede hacer es prohibir al otro que se vaya ,lo único que se me ocurre a mi para intentar impedir que se vaya el menor seria pedir la custodia .
Y sigo diciendo y quien no lo entienda tiene un gran problema ,que el juez deberá decidir sobre cualquier traslado del menor (no del padre o de la madre) sino del menor,si los padres no están de acuerdo en ello.
Parece ser que el no custodio, es el que tiene derecho a todo. Tiene derecho a que se le niegen las notas de sus hijos, derecho a no saber cuando sus hijos están enfermos, derecho a no saber que su hija ha ido a un psicólogo, derecho a no ver los informes de ese psicólogo, derecho a que los padres del no custodio ( o sea los abuelos ) no puedan ver a sus nietos, derecho a que la madre de sus hijos sea la que decide todo, como los cambios de colegio sin consultar al padre y un largo etc..... Los no custodios tenemos todos los derecho y parece ser que ninguna obligación. Que pena, yo quisiera cambiar a custodio para no tener tantos derechos ( es todo ironía y un algo de resignación).
Netsirena, los menores, para algun@s, no tienen derechos.
Hay frases que lo dicen todo: "Por lo tanto deberá consultarlo y llegar a un acuerdo con el no custodio; NO POR EL MENOR, sino por el derecho que le otorga la patria potestad al no custodio de decidir sobre su hijo "
Las mayúsculas son mías, pero vamos, es que brillaba como si fueran luces de neon. Más claro agua: el no custodio tiene derecho sobre el menor y, por ende, sobre el custodio. El custodio no tiene derechos sobre nadie.
"...esa teoría de que los actos del no custodio no afectan a los hijos."..."No pagar pensión no, trasladarse no, dejarlos con abuelos, tíos o segundas parejas no.. "
A mí lo que más me escama es esa teoría de que los actos del no custodio no afectan a los hijos.
¿Me pueden decir que actos del no custodio afectan a los hijos? No pagar pensión no, trasladarse no, dejarlos con abuelos, tíos o segundas parejas no..
Volvemos a lo mismo de siempre: Unos obligaciones, otros derechos, digan lo que digan, es que ya me da lo mismo.
gigaset, el que alguien este ejerciendo la guardia y custodia correctamente no da patente de corso para desplazar o arrastrar al menor donde ese custodio quiera...sino que a falta de acuerdo valorara el juez y valorara en función del interés del menor y con vistas al futuro y al posible impacto del cambio de residencia...vuelvo a copiar mi post inicial...y lo que decia es que ante un cambio de domicilio hecho de manera unilateral...pues más posibilidades de que se pueda producir un cambio de custodia...
me alegro que usted haga las cosa bien, sera lo mejor para su hijo. Y repito lo que ponia al final de mi post inicial...
`Por ello, la intención o traslado del menor puede suponer el cambio de custodia si en el procedimiento correspondiente se acreditara que dicho traslado puede ser perjudicial para el menor´ fijese que la ´carga de la prueba´ queda para el que contesta la demanda....es decir que a priori el custodio tiene una ventaja de partida....
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Aviso para navegantes...o para aquellas custodias que deciden unilateralmente un cambio de domicilio...
Previo a la crisis familiar, son ambos progenitores los que eligen el domicilio familiar, y con ello, la residencia del menor. Con la crisis, ya sea por la vía del convenio o por la decisión en la sentencia, se establece cual será en adelante el domicilio (o domicilios si la custodia es compartida) del menor.
CUALQUIER CAMBIO DE DOMICILIO AFECTARÁ A ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA VIDA DEL MENOR, ya que puede comportar un cambio de escuela, de entorno social, a sus relaciones con uno de los progenitores o incluso de idioma y costumbres. Estos cambios entran dentro de la esfera del ejercicio de la patria potestad y por ello deben ser consensuados.
Una decisión de cambio de domicilio del progenitor custodio no puede ser NUNCA unilateral ya que afecta de forma manifiesta al ejercicio de la patria potestad de ambos y normalmente supondrá una quiebra del status que se ha fijado por un convenio o por una resolución judicial en la que se han fijados unas medidas de régimen de custodia y visitas afectantes a los menores.
Un cambio unilateral de domicilio vulnera los derechos del otro progenitor y del propio menor en orden al mantenimiento de una relación fluida y frecuente con aquel otro progenitor, y tales contactos son un factor de decisiva importancia para el desarrollo emocional del menor. Un cambio de domicilio afecta a la vida del menor y a sus relaciones con el progenitor que no pretende el cambio.
Un cambio de residencia, además, puede necesitar un cambio de escuela, y como ya he referido más arriba, la elección de centro escolar es también una decisión CONJUNTA
Erróneamente se cree que el “progenitor custodio” tiene una potestad sobre el menor de mayor grado que el no custodio, cuando AMBOS tienen el mismo valor para el menor, están al mismo nivel y tienen los mismos derecho y deberes y facultades en relación al menor. Permitir un cambio de residencia unilateral supondría privar de facto a uno de los progenitores del derecho a decidir sobre el menor y se impondría una situación de hecho que alteraría su sistema de visitas y la forma de relación con los hijos menores. Además, como el régimen de visitas y el domicilio del menor vienen determinados por una resolución judicial o convenio, un cambio unilateral supondría poner al otro progenitor en una situación de imposibilitarle relacionarse con sus hijos y, con ello, un incumplimiento de las medidas acordadas.
Se nos puede plantear aquí el derecho a la libre circulación y establecimiento de domicilio que tiene cada uno de los progenitores, que no se niega, pero el traslado de menores bajo custodia no es algo que admita decisiones unilaterales o automáticas, y en caso de discrepancia deberá acudirse al Juez , puesto que además, puede ser necesario establecer un nuevo sistema de visitas y en general unas nuevas medidas en relación a los hijos.
Por ello, la intención o traslado del menor puede suponer el cambio de custodia si en el procedimiento correspondiente se acreditara que dicho traslado puede ser perjudicial para el menor.
La mayoría de "sabios consejos" son bastante subjetivos, porque responden más a gente que exterioriza sus vivencias que la neutralidad que debería presidir un buen consejo.
No hay más que ver que no sólo dan una potestad absoluta al no custodio para desplazarse mientras que al custodio le pidan mil y una explicaciones, si no que para sus repetidos ¿razonamientos? no necesitan saber nada del menor, del padre, de la madre, ni de nadie. Ya tienen teorías polivalentes sobre buenos y malos aplicables en todos los casos.
En otros hilos se ha intentado -sin éxito- hacer ver que igual un traslado de una chabola a un adosado puede ser beneficioso para el menor... pero no, la cuestión está en criminalizar cualquier movimiento del custodio, y siempre diran que es malo para el menor, que quien se mueva no sale en la foto y pierde la custodia, y además, si el no custodio no paga la manutención será porque no puede. Así están las cosas.
Personalmente pienso que estás haciendo el procedimiento correcto, pero incluso en el caso de que te mudaras sin tiempo de modificar las medidas -algunos juzgados van de aquella manera- igual que muchos defienden que no se pague manutención si no se tiene para el canal plus, en la mayoría de los casos el traslado no tiene consecuencias para el menor y al no custodio se le pueden facilitar sus visitas de forma que tampoco se vea afectado.
Total, el no custodio va a pedir un cambio, y si se ve razonable con aceptarlo no hay que darle mucho dolor de cabeza a los jueces, que hay otras cosas en los juzgados además de problemas de pareja.
Gigaset: yo creo que aquí casi todos, por no decir todos, hablamos de cuando las cosas se hacen mal por parte del progenitor que sea.
Y creo que el título del hilo lo dice todo. Se trata de la ptria potestad de ambos y de hacer las cosas sin consentimiento. En un caso como el suyo el juez tendría que valorar no solo su petición de desplazamiento sino los antecedentes del padre respecto al hijo, y por lo que dice van en contra de él.
Si un padre no muestra interes por un hijo cuando ha podido teter su custodia..., que no se queje luego.
Tritón, se da cuenta como yo tenía razón? Su mujer hizo cosas mal,no solo se fué antes de la sentencia,sino que desde antes ya comentas que habia hecho alguna mas por ahí.Es que a mi realmente me suena muy raro que tu digas:me quiero mudar y automaticamente el juez te corte la cabeza de esa manera, vamos eso no hay quien se lo crea.En tu caso hizo las cosas mal y en todos los casos que hay un cambio de custodia la madre tuvo que hacer algo mal o muy mal,seguro vamos,un juez no puede retirar una custodia asi como asi,ni que fueran unos destrozaniños.
En mi caso está todo bien hecho y correctamente planteado y presentado y lo mas grave que me puede pasar es que el juez me diga que no me vaya hasta que mi hijo tenga x años,nunca oí nada igual,pero lo mismo existe la posibilidad.Otra cosa, buscar un foro de este tema es como buscar un foro de enfermedades, siempre acabas en lo peor,en estos foros entramos cuando tenemos una duda, un problema o similar,cuando te dan tu permiso de primera hora, te vas pitando,no te vas a entretener en escribir aqui, por eso en estos sitios la mayoria son cambios de custodia
Vthor se lo decia de buenas se de lo que hablo...usted tiene una rabia contenida y un trastorno , que yo denominaria, casi obsesivo con los no custodios, otra cosa es que una persona se rebele contra las injusticias, eso es otra cosa pero alterar lo que es la realidad, eso ya es peligroso. Me imagino que habra pasado por algún tipo de situación que le ha dejado traumatizado. Por eso le he dicho que consulte. Y se lo digo con conocimiento de causa, no como paciente precisamente.
Ya, ya, Vthor, es de entender que cada cual se consuela como puede y si lo necesita... pero es que Soy mujer dijo "-el traslado del no custodio NO afecta ni al menor ni al custodio, ya que aquel NO SE LO LLEVA, y seguirá cumpliendo con lo que le marque la ley en cuanto a visitas, vacaciones...como lo hacía antes de desplazarse."
y Vd. a pesar que Soymujer diga que el no custoio mantiene las visitas y vacaciones, concluya que si el no custodio no visita y etc. Son sus alucinaciones o deficiencias de lectura y entendimiento...las que pueden necesitar solución...o de no haber solución puede necesitar consuelo...