Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Cambio de residencia de estudio a residencia de trabajo

6 Comentarios
 
Cambio de residencia de estudio a residencia de trabajo
25/03/2011 13:29
Hola. He llegado a España en Octubre del 2008 con una beca de mi pais, al concluir mi beca me han becado con una beca fpi, el año q viene debo hacer el cambio de beca a contrato. pq mi beca es un 2 2. Por lo que en octubre de este año cumplo 3 años en España y quisiera saber si puedo pedir el arraigo social y cuanto tiempo dura mas o menos dicho tramite. otra cosa es q he salido varias veces de España por vacaciones a ver a mi familia. pero el pasaporte lo he perdido por lo que estoy sacando uno nuevo. no se si esto seria un inconveniente. Le agradezco su ayuda
25/03/2011 18:02
Hola. Yo tuve una experiencia similar a la suya, pero no hice arraigo sino modificación.

Usted podrá solicitar residencia por arraigo. Deberá acreditar:

1.- Tiempo de permanencia en España (al menos 3 años); el medio idóneo es el certificado de empadronamiento, pero si se empadronó tarde y no le llega para sumar los 3 años, debe utilizar otros medios.
2.- Carecer de antecedentes penales en su país de origen y en España.
3.-Presentar un informe de inserción social, elaborado por los Servicios Sociales del Ayuntamiento.
4.-Contar con una oferta o contrato de trabajo igual o superior a un año o en su defecto, acreditar iniciación de actividad por cuenta propia o sino, acreditar que cuenta con recursos económicos propios suficientes (esto se pide al momento de solicitar la elaboración del informe de inserción social, que se recomiende en él que se le exima de la exigencia de contar con contrato de trabajo).

Si ha salido por vacaciones, no hay inconveniente, no debe pasarse de los tiempos límite para estar fuera de España y que no opere la caducidad de la autorización por ausencia:

AUTORIZACIÓN DE ESTANCIA POR ESTUDIOS, AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL Y TARJETA DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UNIÓN: 6 MESES.

AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA DE LARGA DURACIÓN O DE LARGA DURACIÓN-CE : 12 MESES.

Solo decirle, por experiencia personal y porque es lo que procede en Derecho, que mientras no tenga la autorización de trabajo o reconocida la excepción de la autorización de trabajo (para trabajar en la universidad no se necesita autorización de trabajo, pero la Administración debe reconocer que se halla en esta situación), la universidad o centro de investigación en el que se encuentre, no podrán contratarlo. Tendría que contactar con su universidad con la debida antelación (con la parte administrativa, porque por lo general, el profesorado de los Departamentos no tiene conocimiento al detalle de este tipo de gestiones), con Recursos Humanos y con Relaciones Internacionales, que son los departamentos administrativos involucrados en la cuestión, para que planifiquen una estrategia y en la medida de lo posible, vuélvase usted, sutilmente, el director de la situación, ya que para ellos es un trámite más, pero para usted es la posibilidad de ser contratado laboralmente. Porque en las renovaciones, cuando corresponde pasar a contrato, se pide, entre otros requisitos (aparte de los académicos), que si se trata de un extranjero extracomunitario, disponga del correspondiente autorización de residencia y trabajo o residencia y excepción a la autorización de trabajo. Si no cuenta con los permisos, las bases de convocatorias suelen establecer que se renueve excepcionalmente solo como beca cuando el extranjero no disponga de los correspondientes permisos (hasta tanto, cobrará como beca, que suele ser un poco menos de dinero y sin cotizar a la Seguridad Social).

En cuanto al pasaporte, basta con que esté en vigor.

Un cordial saludo.
25/03/2011 19:36
Por lo que no he tomado en cuenta el cambio de residencia por modificación, es pq he llegado a España con una beca de desarrollo de mi país. y cuanto es el tiempo que puedo estar fuera de españa por vacaciones?
28/03/2011 11:02
mi proxima pregunta es que me exigen una Documentación acreditativa de que no ha sido becado o subvencionado por organismos públicos o privados dentro de programas de cooperación o
desarrollo del país de origen, y yo he sido becada por mi país con una beca de cooperación por la cual llegue a España. y Dos cuanto es el tiempo maximo q puedo durar fuera ya q aun q he perdido mi pasaporte he salido como 300 dias en esos 3 años. Gracias y perdon por las molestias
29/03/2011 13:12
Hola. Este requisito se acredita mediante la firma de una declaración responsable, cuyo modelo oficial está colgado en Internet. El texto básicamente dice que usted declara bajo su responsabilidad, que no ha sido becado ni subvencionado dentro de programas de cooperación y desarrollo de su país de origen.

El riesgo que podría haber, en un caso como el suyo, es que aparezcan en los archivos de la Oficina de Extranjeros de la Subdelegación del Gobierno, los documentos que usted presentó al inicio, entre los que constará la certificación de la beca inicial, que obtuvo de su país.

Lo del pasaporte: basta tenerlo en vigor, le exigen solo una copia de la página con los datos. El tiempo que puede estar fuera de España no puede exceder de 6 meses por año. Es relevante presentar copia del pasaporte completo (todas las páginas) cuando no puede acreditar por otro medio la permanencia continuada en España o cuando se va a solicitar la nacionalidad, porque lo requieren expresamente.

Un cordial saludo.
29/03/2011 13:16
Muchas gracias por la orientación
09/07/2011 10:48
Hola,
yo escribo porque mi novio que es peruano lleva en España más de tres años y medio con el permiso de estudios y ahora ha rrecibido una oferta de empleo. Lo que pasa es que para hacer el cambio te piden que no hayas sido becado por tu pais de origen. No sé si este requisito es a los últimos tres años o a siempre, porque a mi novio le dieron 300 euros cuando llegó a España, es decir, hace más de tres años.
Gracias por la atención.