Tal y como lo cuentas, es una obra de mejora, y si rebasa su importe el de un trimestre, no tienes obligación de pagarla. Si no lo rebasa, sí que tendrás que pagarla.
¿la comunidad puede obligar al cambio completo de una puerta normal de madera y cristal por una de forja? , el unico problema que tiene la actual puerta es la cerradura que funcional mal y que el muelle cierra con ruido.¿ pueden obligar a un cambio, que es mas por lujo que por necesidad? ¿estoy obligado a pagar esos cambios , aunque sea el unico propietario que no este conforme con el cambio? gracias por escucharme