La consulta es la siguiente: trabajo en una empresa de outsourcing, la empresa “usuaria” de mi empresa va a cambiar de proveedor, es decir cambiaran mi empresa por otra. Ellos tienen intención de que la empresa nueva me contrate, la nueva empresa no hace subrogaciones por lo que empezaría de 0 con ellos, sin antigüedad y con un nuevo contrato.
Tengo un único contrato de obra y servicio con mi actual empresa desde diciembre de 2007.
Mi actual empresa me dice que firme una baja voluntaria, que mi antigüedad y derechos al tratarse de la misma función se “subrogan” automáticamente y que la nueva empresa ante cualquier eventualidad siempre deberá responder desde el día de mi primer contrato con ellos.
Mi actual empresa debe indemnizarme ¿o es verdad que la antigüedad y derechos se “subrogan” automáticamente
¿que me aconsejan que responda al pedido de que firme una baja voluntaria y a través de que medio (respondo con un mail? Debo mandar un burofax, etc etc.)