Es verdad que me explico mal. Me presentan una demanda de juicio verbal que debe ser juicio ordinario por el objeto del pleito ( no falta de pago o finalización del contrato), no hago nada porque nada debo hacer. El día del juicio se pone de manifiesto el error en el procedimiento y entonces el juez unilateralmente lo reconduce a un ordinario y me emplaza a la contestación sin que a la otra parte, quien comete el error le requiera para presentar una nueva demanda o subsanar la anterior.
ezequiel: no se explica demasiado bien, pero creo que esta Ud. equivocado.
Las demandas de desahucio por falta de pago se tramitan segun el procedimiento verbal. Hay veces en las que "sin querer" se deslizan en la demanda asuntos que tiene que ventilarse mediante juicio ordinario, pero hay normas que le dan a Ud. la posiblidad de ponerlo de manifiesto al Juzgado y que este tome las medidas oportunas. Si Ud. cree que el juicio debe ser ordinario aléguelo y ya decidira su señoría.
Me acaba de ocurrir. El abogado contrario presentó una demanda de desahucio que ha de tramitarse en juicio ordinario por error presentó una demanda de juicio verbal. El en el acto de comparecencia a juicio emplaza mi a contestar la demanda de juicio ordinario, dando por convertida aquella demanda verbal en ordinaria, in más.