Los hijos de progenitores extranjeros pueden salir al país de origen del progenitor sin necesidad de permiso del otro.
El tema del nombre se rige por la ley civil personal del menor. La cuestión es que cada país tiene sus propias reglas de aplicación personal, y bélgica puede considerar que es belga según su legislación y aplicarle su ley civil y austria puede considerar que es austriaco según su legislación dandole exactamente igual lo que diga la ley belga y aplicarle su ley civil, de forma que no habría habido ningún acto ilegal por el que tuviera que responder ni la embajada ni la madre.
Cambio de nombre sin consentimiento de un progenitor
Hola, les planteo el asunto y mis dudas al respecto. Mi pareja de nacionalidad belga tuvo un hijo no matrimonial con una mujer de nacionalidad austriaca. El ninio nació en Bélgica, adquiriendo la nacionalidad belga, y fue inscrito en el Registro civil de dicho país. En aplicación de la ley personal belga, el ninio fue inscrito con el nombre de familia del padre. Pasados unos meses, la madre solicitó al padre el permiso para mudarse a su país de origen, Austria, acompagnada del menor. El padre autorizó esta salida. Simultáneamente, la madre acudió a la embajada austriaca donde solicitó la expedición de un pasaporte para el ninio y, aduciendo que ella es austriaca y que en aplicación de la ley austriaca a los menores nacidos fuera del matrimonio se le otorga únicamente el apellido de la madre, solicitó un pasaporte para el menor con el nombre de ella. El pasaporte se le concede sin previa notificación al padre ni verificación de su filiación ni del nombre que constaba en el acta de nacimiento del menor. Por lo que el ninio parte al país de origen de su madre y vive en el mismo con un nombre mientras que en su país de nacimiento y país de origen de su padre consta con un nombre diferente.
Mis dudas son, cuáles pueden ser las consecuencias legales para la madre y para la embajada austriaca por haber solicitado y expedido dicho pasaporte, respectivamente, sin consentimiento del otro progenitor y alterando la identidad de un menor? Cuál sería la vía legal más efectiva para conseguir la homogeneización de la identidad del menor? Se me ocurre intentar un reconocimiento del acta belga de nacimiento del ninio en Austria...