Debe usted reclamar a quien le adeude las cantidades. En este caso, habría que conocer los períodos a que afecta la deuda, pero en ese caso, y aún desconociendo la totalidad del asunto, es posible que le interesara reclamar a ambos, por si la SL se hubiese utilizado únicamente com escudo.
Hola. La empresa en la que trabajo ha cambiado de autónomo a sociedad limitada y hace mas de un año que no paga. Dentro de unos días ire a conciliacion y arbitraje reclamando la deuda y solicitando el despido a través de un juez debido a que la empresa no me quiere despedir ni pagarme.
Al cambiar a sociedad limitada, puedo reclamar los pagos como si fuese autónomo como antes?.
Gracias