Recientemente hemos adquirido una vivienda ( a finales de noviembre ) que ya de por si tiene una cuota de comunidad muy alta. Según nos han comentado las cuotas en vez de por coecifíente se pagan por número de habitaciones ( 2,3,4), este sistema se acordó por unanimidad en la elaboración de la comunidad, y parece que esta reflejado en las actas ( entiendo que no en el registro de la propiedad ) .
En este caso aunque mi piso es de 4 habitaciones como es el más grande de toda la comunidad me beneficia.Pero ahora , una de las antiguas vecinas que tiene un piso de 4 habitaciones quiere que se modifique a sistema de coecifíentes, ya que su piso es más pequeño que el mio.(indica que en otra comunidad nuevos vecinos lo han reclamado y han ganado sentencias ) según mis cálculos creo que se ahorraría entre 3-5 euros al mes , y a mi me subiría de 25-30 euros.
Tengo varias dudas.
Para que ella se salga con la suya , ¿la modificación a pago por coecifíentes debe ser de mayoría o por unanimidad? Creo que si esta establecido en acta debe ser por unanimidad
Por otro lado , por ley si ella acepto en esa formación de la comunidad, y aprobación de cuentas posteriores ese sistema , ¿ no esta obligada a acatarlo a no ser que se cambie por unanimidad ?. Me ha parecido entender que los nuevos propietarios si el acta no está registrada en el registro de la propiedad pueden ir a juicio para acogerse a pago por coecifíente, pero estamos hablando de una de las primeras propietarias...
Las plazas de garaje no se calculan en el coecifíente no? ¿ la terraza del ático?