SI Tony, es ambiguo el termino, pero es el que se utiliza, no lo se cuando se considera. Sobre lo otro el argumento es que como el padre no va a buscar a sus hijas, ella tiene que costear un canguro, para disfrutar de su tiempo de ocio, y visitas personales.
me temo que no . Para que una modificacion de medidas (concretamente un aumento de la pension de alimentos) tenga viabilidad es necesario un cambio sustancial en las circuntancias que se tuvieron en cuenta al aprobarlas. Por ejemplo. un aumento de los ingresos del obligado al pago, un aumento de los gastos del beneficiario de la pension......
En todo caso, se podria solicitar una modificacion del regimen de visitas o bien ejecucion de lo dispuesto en Sentencia al objeto de que el padre se ciña a cumplir su regimen segun lo acordado.
un saludo
Es un cambio sustancial el que un padre no recoja a sus hijos dentro del regimen establecido de visitas y que por ello la madre pida se incremente una pension de al imentos de 850 euros para dos niñas en 250 Euros mas? tiene sentido que prospere, siendo este el unico cambio sustancial el queel padre no efectua el regimen de visitas???