Pues no. Que se lo ordene por escrito, que el domingo vaya a tal sitio a trabajar, el cual ni es su lugar de trabajo, ni es su puesto de trabajo, ni es el trabajo que debe desempeñar, ni es un día en el que deba trabajar.
Otra cosa es entrar en guerras con el empresario. Que se puede negar, si, que es probable que no se arregle el asunto con la negativa, pues fácilmente se puede dar esa situación. Cada cual sabe hasta donde puede llegar, tensar la cuerda en defensa de sus derechos, etc, etc.
En el tema de vacaciones, si son días naturales, es correcto que se contabilice hasta el día anterior de la vuelta al trabajo. En este caso hasta el 16 de agosto.
Pero tampoco es que tenga que devolver el día, porque si se tiene en cuenta el número de horas anuales máximas a realizar según el convenio colectivo, seguro sale del cálculo pertinente que ha realizado al menos una jornada más de trabajo, porque le cuentan como vacaciones un festivo que ya estaría contabilizado a la hora de cuadrar las horas anuales, con lo cual, si además le hacen trabajar un domingo, se va a pasar de horas seguro (a no ser que estas circunstancias se hayan tenido en cuenta en la empresa y se hayan establecido unas jornadas de descanso a cuenta de las horas en las que se exceda del cómputo anual).
Aunque ya me imagino que si abre todos los días, etc, etc, lo de las horas anuales al "jefe" se la trae floja...
Mi marido trabaja en un obrador de pasteleria como oficial de 2ª de lunes a sabado; la misma empresa tiene una tienda en la ciudad, que abre de todos los dias. Un compañero coge vacaciones del 1 al 15 de sep y el 16 es domingo, el feje le quiere contar 16 dias en lugar de 15 pq hasta el 17 no vuelve. El compañero dice que eso no es asi y el jefe le dice que si no, tendra que ir a la tienda un domingo para compensar. Eso es asi? Seria legal? como cuentan las vacaciones? Pueden sacarles del obrador para ir a vender a la tienda? Gracias mil