1- Irretroactividad de disposiciones sancionadoras: es decir, a ti te multan el 1 de Junio te aplican la Ley Vigente a 1 de Junio (la anterior).
2- Excepción a la irretroactividad: si la Ley nueva no contempla, o la tipifica el hecho en menor gravedad, un supuesto sancionable en la anterior ley, puedes pedir que se te aplique la nueva, así, o no estarias sancionado o sería menor.
Para eso esta la alzada o el trámite de alegaciones. Cuando te llegue el acuerdo de inicio de expediente ya sabes.
Hace poco me pusieron una multa administrativa (aplicando la Ley de Seguridad Ciudadana) y quisiera saber si, en el caso de que cambiaran la ley, la multa seguiría vigente. Es decir, si la infracción que yo cometo esta tipificada como infracción en la Ley de Seguridad Ciudadana ahora, pero no lo está en la próxima ley que la sustituya, y la multa me llega cuando la ley vigente ya no es la Ley de Seguridad Ciudadana (y por lo tanto, la infracción que yo cometí ya no es motivo de multa en el momento en el que recibo la notificación de la multa), ¿tengo que pagar la multa igualmente?