Estoy contratada por una ETT para prestar un servicio en una empresa.
Después de 4 años, han cambiado de identidad social, pasando de ser anónima a limitada. Pero a nosotros no nos han notificado nada ninguna de las dos empresas (ni la ett ni a la que estamos cedidos).
Al parecer con el cambio, la ett dice que ahora no nos prorratean el finiquito (porque así se acordó con la nueva empresa) por lo que estamos cobrando menos, pero quisiera saber si dicho cambio es legal y si a nosotros nos tiene que constar de alguna manera.
En estos cuatro años no hemos firmado nada nuevo, ni contratos de renovación ni similar, símplemente se ha prorrateado el contrato inicial con las mismas condiciones (donde dice que las pagas extras y el finiquito es prorrateado de forma mensual en las nóminas correspondientes).
Mi duda es si todo esto es correcto o si por el contrario, a nosotros nos tiene que constar de alguna forma escrita el cambio de identidad social. Porque a efectos prácticos, yo lo único que tengo es un contrato con una ETT cedida a una empresa que ya no existe...