Se admitiria judicialmente un despido objetivo por causas organizativas cuando el cambio le supone al trabajador:
a) aumentar sus nº de horas trabajada b) fraccionar su jornada laboral c) renunciar a horario flexible d) renunciar a jornada de verano.
En el centro de trabajo existen varios horarios y concretamente el de la consulta se hace desde hace mas de 25 años. La empresa no tiene comite de empresa.
El ultimo convenio del sector especifica que se deben respetar los derechos adquiridos siempre y cuando sean mejores a os aprobados como asi es.
Si la empresa, en el proximo año, publica el calendario laboral (que no ha hecho nunca) etc. Y lo presenta en la delegacion de trabajo.. Afecta y que supone para los que siguen con el horario anterior??
se que es mucho pedir pero como y que deberia aportar y demostrar una empresa ante un juzgado para que se le admita "causas organizativas"??. llegados ante un juez existe alguna posibilidad de que se declare "nulo"???. De antemano muchas gracias. Sé que es demasiado pero el problema también y la única aspiración es que no se modifique, todo a titulo individual porque no existen representantes sindicales. Un'דna. Gracias de nuevo
Para mi. Las causas organizativas, así a secas, son las mas dificiles de demostrar y creo que muy fino va a tener que hilar la empresa para que pueda colar cualquier variacion del tipo que expones cono necesidades de tipo organizativo.
A mi me parce que lo que expones constituye mas una modificacion sustancial de las condciones particulares de trabajo que otra cosa. So tal hecho sucediese, podrías denunciar ante la inspeccion de trabajo esa modificacion y por supuesto impugnarla ante el juzgado de lo social.
DE todas maneras, vete pensando en que vas a necesitar la asistencia de un laboralista que lleve la defensa de tus intereses.
Ninfa; muchas gracias. Sé que puede ser abuso pero si puedes y suponiendo que efectivamente sea una modificación sustancial de las c.particulares de trabajo y recordando todas las modificaciones que se pretenden en contra del trabajador que posibilidades de éxito tiene la empresa??. Te recuerdo que nos aumentan las horas, fraccionan la jornada, eliminan la flexibilidad de horario...? todo, en principio, a cambio de nada.
Llegados a tribunales existe la posibilidad de lograr un despido nulo?.
Estamos en la fase de "buenas relaciones" y ninguna de las partes ha dado inicio a gestiones legales pero ante el desconocimiento nos gustaria tener argumentos sólidos que nos sirvan para presentar en esta primera fase. En nuestro centro no tenemos problemas, es una decisión a nivel de grupo y argumentan que no pueden hacer excepciones???.
Bueno, al menos es un alivio poder contarselo a alguien. Muchas gracias.
Es que no entiendo que pinta un despido nulo en todo esto.
Veamos, por lo que yo entiendo es que la empresa quiere hacer un despido objetivo por razones organizativas. Pues bien, si lleva a cabo este despido y lo impugnais como es lógico, el magistrado lo declarará procedente el objetivo (20 dias por año con un tope de 12 mensualidades) o improcedente,(45 dias por año masimo 3,5 anualidades o readmisión. Es derecho de opción lo tendría la empresa excepto para los trabajdores que ocupen puestos de representacion legal delos trabajadores o lo hayan ocupado en el año anterior a la fecha del delspido)
Si lo que quereis es que no se os toque a vuestros derechos. no veo despido por ningún sitio. Entiendo que solicitariasis al juzgado que se declare el derecho a mantener las condiciones que hasta la fecha veniasis disfrutando y que se obligue a la empresa a estar y pasar por tal declaracion. Lo que ocurriría es que seguriais trabajando con las condiciones actuales.