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Cambio de horario

5 Comentarios
 
Cambio de horario
24/02/2010 13:10
Hola, buenos días, os cuento y luego os pregunto.

El 08-12-2007 nació mi hijo. Despues de cogerme la baja por maternidad, lactancia, vacaciones y algo de excedencia, comencé a trabajar el 01-09-2008.

Mi horario de trabajo antes del nacimiento era de 8.30 a 14.00 y de 15.30 a 18.30 de lunes a jueves, y de 8.30 a 14.30 los viernes.

Por el nacimiento de mi hijo, pedí una reduccion de jornada de una hora, teniendo que salir a las 17.30 horas, y llegue a un acuerdo con la empresa para que, en lugar de tener 1 hora y media para comer, comer en media hora, y asi adelantar otra hora la salida. El caso es que entre unas cosas y otras desde el 01-09-2008 mi horario es el siguiente: de lunes a jueves de 8.30 a 14.30 y de 15.00 a 16.00, y los viernes de 8.30 a 15.30, realizando 35 horas semanales.

Esta reduccion de jornada no se ha comunicado a nadie, ni a la Seguridad Social ni a ningun otro organismo, ya que me comentó mi jefa que como mi salario es mas que el convenio, daba igual comunicarlo que no. Solamente hicimos un papel privado en el que me hizo firmar el siguiente horario: de lunes a jueves de 8.30 a 14.00 y de 15.30 a 17.30 y los viernes de 8.30 a 13.30, que no es el que realmente hago. Me comentó que el quitarme la hora de la comida era algo provisional que me tenia que ir ganando, vamos, me hizo entender que si me "portaba mal" me quitaría ese beneficio y tendria que hacer el horario que habiamos firmado.

Hasta ahora como mi hijo ha ido a la guarderia no he tenido ningun problema, pero en Septiembre empezará el colegio y aquí salen a las 16.00 horas.

El tema es que echando calculos, me interesa mas reducirme otra media hora que pagar las actividades extras del colegio para que se quede mas tiempo, además de que así disfruto mas con él y comparto mas cosas. Esto todavia no se lo he comentado a mi jefa.

Cuando nació mi hijo y hablamos del horario, yo le comenté que en lugar de una reduccion de jornada, lo que queria era un cambio de horario para siempre. Ella me dijo que eso no podía ser, pero conozco gente en mi empreasa a la que si le han reducido la jornada por tiempo indefinido, vamos, como si fuera un cambio de contrato.

Yo llevo trabajando aqui desde el 10-12-1991, por lo que mi contrato es indefinido con las ventajas antiguas, que solamente son la indemnizacion en caso de despido.

Mis preguntas son varias.

1. ¿Puede negarse a reducirme otra media hora?
2. ¿Puedo solicitar un cambio de contrato (solo en horario) y no perder ninguna de mis ventajas al tener el contrato que tengo?
3. ¿Tengo derecho a este cambio de contrato y ellos obligacion a cambiarlo?
4. En caso de que las respuestas a las preguntas 2 y 3, sean afirmativas, ¿el nuevo horario tiene que ser dentro de la jornada habitual de trabajo o puedo solicitar, por ejemplo un horario de 8,30 a 15,30 de lunes a viernes?

Conozco casos parecidos al mio en cuestion de horario habitual de trabajo, y al solicitar la reduccion de jornada le han dado un horario de 8.00 a 15.00, pero no sé si es por obligación o porque la empresa es "buena" y lo acepta sin problemas.

Quedo a la espera de vuestra respuesta. Muchas gracias y saludos.


24/02/2010 13:45
Al margen de lo que comentas, la empresa tiene la obligación de comunicar la reducción de jornada por guarda legal a Tesorería, entre otras cosas para mantenerte cotizaciones,,no sé a que te refieres con un documento privado,pero entiendo que en algún sitio te dicen que la reducción de un 1/8 es por cuidado de hijo, correcto?
24/02/2010 15:49
Lo que dices de mantener cotizaciones, imagino que quieres decir que al ser reduccion por cuidado de hijo, sigues cotizando el 100 %. Al no comunicar esta reduccion a la SS yo sigo igualmente cotizando al 100 %.
Pero basicamente la pregunta es si yo puedo pedir un cambio de horario, sin tener en cuenta que sea por cuidado de hijos, sino que fuera para siempre, no hasta que mi hijo cumpla los 8 años.
Gracias.
24/02/2010 16:29
hombreeeee....por pedir lo puedes pedir....pero la empresa no está obligada a concedertelo
24/02/2010 16:30
Por pedirlo puedes pedirlo, pero ahí ya entras en otro campo, que es el de llegar a un acuerdo con tu empresa.
En definitiva que o ellos están de acuerdo o no hay tu tía.
SALUDOS.
26/02/2010 19:55
Esty de acuerdo con Juanaemilio,si es por guarda y custodia de un menor o algun familiarde 1· grado (creo)
tus cotizando al 100%,pero si tu llegas a otro acuerdo
que no establecido en la ley ni en tu convenio.La cuotas a
la SS se podrian ver reducidas.