Hola. Sí, tiene la vía del arraigo social. El arraigo no está exclusivamente concebido para personas en situación de irregularidad, aunque sí es cierto que son las que mayormente recurren a él para regularizarse.
El arraigo social exige PERMANENCIA CONTINUADA EN ESPAÑA de al menos tres años, sin especificar si debe haber sido, necesariamente en situación irregular (y donde la norma no distingue, no debemos distinguir). Tendrá que solicitar el informe de inserción social a su Ayuntamiento y luego, mandar a pedir el certificado de antecedentes penales a su país; aparte, tendrá que aportar el contrato o la oferta de trabajo en modelo oficial (EX-06) y usted rellenar el impreso EX-01.
Si en el Ayuntamiento, en los Servicios Sociales, le dicen que por qué no pide la residencia por la vía de la modificación, dígales que no reúne el requisito de no haber sido becada, por lo que solo le queda el arraigo para acceder a la residencia (lo que sucede es que en los Servicios Sociales de los Ayuntamientos están acostumbrados a trabajar con un perfil casi definido de persona, generalmente, en situación de irregularidad, por lo que su caso, no será de los corrientes que ellos están acostumbrados a tener y pueden empezar con preguntas). La permanencia en España la prueba con su empadronamiento.
Un cordial saludo.
Cambio de estudiante a trabajo. ¿y si he estado becada?
Hola, he estado 5 años haciendo el doctorado en España sin beca, después regrese a mi país donde solicité una beca para hacer estudios de postdoctorado en el extranjero (España). Actualmente llevo 3 años en España y tengo una oferta de trabajo pero tengo el inconveniente de haber sido becada por mi país (2 años y 1 por España). ¿hay alguna forma de solventar esta situación? ¿hay otra vía para no perder la oportunidad de trabajo? Gracias