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Cambio de domicilio

3 Comentarios
 
Cambio de domicilio
11/03/2007 20:56
Un saludo a todos.
Quiero plantear una pregunta para ver si alguien puede responderme.
¿En un proceso, las dos partes tienen la obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio?
Un abrazo desde Málaga.
Frasco
marcosbe@supercable.es
12/03/2007 18:01
No he encontrado ningún artículo en la Ley de Enjuiciamiento Criminal que obligue a ello.

Si uno es denunciante y no se ha personado como acusacion particular (actua con abogado y procurador propios, este ultimo si procede) pues evidentemente tiene un interes en ello, pues si no, no se le podra localizar para el dia del juicio y perjudicaria sus propios intereses.

Pero en el caso del denunciado / imputado, no he encontrado yo ningun articulo que le compela a ello.

Si alguien lo encuentra, gracias por aportarlo.
13/03/2007 00:25
En relación a los testigos, artículo 446 Lecr:

"Terminada la declaración, el Juez instructor hará saber al testigo la obligación de comparecer para declarar de nuevo ante el Tribunal competente cuando se le cita para ello, así como la de poner en conocimiento de dicho Juez instructor los cambios de domicilio que hiciere hasta ser citado para el juicio oral, bajo apercibimiento si no lo cumple de ser castigado con una multa de 200 a 1.000 euros, a no ser que incurriere en responsabilidad criminal por la falta.

Estas prevenciones se harán constar al final de la misma diligencia de la declaración."

En relación al imputado, no encuentro fundamento legal (lo que no quiere decir que no exista) para que notifiquen el cambio de domicilio, a pesar de que en la práctica siempre se les efectúa dicha advertencia. La Lecr lo que prevee, en los artículos 775 y 786, es la obligación de designar domicilio y persona para notificaciones, y de la advertencia de que la notificación efectuada en dicho domicilio o a la persona designada permitirá la celebración del juicio cuando la pena solicitada sea inferior a los 2 añitos.
13/03/2007 00:51
Muchas gracias por las respuestas.
Creo que he sido demasiado parco en el planteamiento de la pregunta, por lo tanto voy a concretar.
Voy camino de tres años padeciendo una orden de alejamiento por una denuncia falsa, no solamente sin que el juez hiciera ninguna averiguación, sino impidiendome con sus negativas canallezcas el que pueda demostrar las falsedades de la denuncia y de los documentos aportados, ahora me entero que la parte denunciante ha cambiado de domicilio, pero lo desconozco, entonces, y puesto que respeto la orden de alejamiento independientemente de la actitud chulesca del juez, me pregunto: ¿Me tendré que alejar de donde? ¿me alejo del mundo?
Un abrazo desde Málaga.
Frasco
P.D. No tengo ningún inconveniente en facilitar el nombre del juez, siempre que las normas del foro lo permitan.
marcosbe@supercable.es