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Cambio de declaración conjunta a individual en el IRPF

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Cambio de declaración conjunta a individual en el irpf
02/03/2012 17:42
Un matrimonio amigo de Madrid hizo la declaración conjunta en el IRPF y les salió a pagar 1.200 euros; si la hubieran hecho individualmente les hubiera salido a devolver a ambos. Ahora les interesa que Hacienda les admita unas nuevas declaraciones individuales en sustitución de la conjunta, pero parece ser que Hacienda sigue estrictamente lo establecido en el artículo 83.2 de la Ley 35/2006 del IRPF: «La opción ejercitada para un período impositivo no podrá ser modificada con posterioridad respecto del mismo una vez finalizado el plazo reglamentario de declaración.»
En Internet he encontrado este párrafo: «Sin embargo, otras sentencias de tribunales superiores autonómicos sostienen un criterio contrario al del TSJM. Así lo hace el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJV), en su resolución de 26-III-2004 (Rº 1.642 /2001). Los magistrados optaron en este caso por permitir la rectificación del contribuyente, siempre y cuando se haga dentro del periodo de prescripción (cuatro años): “El cálculo de la deuda tributaria con base en el sistema de tributación que resulta más desfavorable ha de ser considerado un error que podrá fundar solicitud de rectificación de la autoliquidación.»
¿Conoce alguien algún otro antecedente para apoyar una nueva declaración individual de marido y esposa que ya habían hecho la declaración conjunta?