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Cambio de contingencia

2 Comentarios
 
Cambio de contingencia
10/12/2019 18:43
El Inss ha resuelto que un trabajador que estuvo de baja entre el 13/03/2019 i el 01/04/2019 por IT, ahora lo es por accidente de trabajo, y en la resolución dice que la mutua es responsable del pago de la prestación económica.
¿Que debemos hacer como empresa?
Entiendo que al trabajador la mutua (de algún modo) le va a pagar, pero como empresa, ¿podemos deducir los días en la seguridad social que no hicimos?
Agradecería que alguien me indicara este procedimiento en el Siltra, si lo sabéis.

Muchas gracias.
14/12/2019 18:42
sanc
Hola Lo que debe hacer la empresa es pagar al trabajador la diferencia del subsidio por accidente y el subsidio de enfermedad. Además debe hacer la correspondientes rectificaciones de los TC1 y TC2 de los meses de marzo y abril 2019 y de esa forma se recupera el dinero abonado ( excepto si el trabajador por convenio le corresponde percibir el 100%).
Saludos.
18/12/2019 13:10
sanc
Muchas gracias por tu respuesta.
En la resolución pone exactamente que la Mutua es responsable del pago de la prestación económica y de la asistencia sanitaria de la IT.
Creí que la diferencia se la había de abonar la mutua al trabajador.

Mil gracias.