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Cambio de contingencia a accidente laboral.

2 Comentarios
 
Cambio de contingencia a accidente laboral.
04/04/2018 09:21
Hola, buenos días. Les cuento mi caso, para ver si pueden ayudarme:
El pasado mes de Junio, sufrí un accidente laboral.... la mutua se negó a aceptar que era tal accidente, y se catalogó como enfermedad común.
Después de mucho papaleo y solicitar el cambio de contingencias a la Seguridad Social, ayer por fin, la Seguridad Social, con toda la documentación que acreditaba que fue a urgencias en horario de trabajo y un informe mi propia empresa, en el que se reconocía tal situación, ésta ha indicado que la es accidente laboral.
Pues bien, ahora me quedan las dudas de cómo proceder. En este tiempo, he gastado mucho dinero en fisioterapeutas y traumatólogos privados, para acelerar el proceso de recuperación, y no sé si puedo reclamar dichas cantidades a la mutua.
Además, mi accidente laboral, me ha dejado una vertebra rota, que todavía la Seguridad Social está valorado si operar o no... y me gustaría saber si hay forma de que la mutua no sólo comience a valorar la operación, y en caso de que en este momento no se realice, si con posterioridad hiciese falta, se hiciese cargo en el futuro....
Ya estoy dado de alto, porque en la Seguridad Social, mi doctora de cabecera me indicó que tenía órdenes y que debía darme de alta... pero en mi empresa me han tenido que reubicar, y de pasar de peón de albañilería, ahora estoy como lector de contadores, y en oficina realizando labores de cobro de recibos.
Ojalá puedan resolver mis dudas, me gustaría recuperar todo lo invertido en este tiempo, y asegurarme que si en un futuro me tengo que operar, no aguantar listas de espera, y que la mutua se haga cargo de todo.... incluso de la baja que en ese momento tenga que volver a tener como consecuencia de la operación.

Gracias de antemano.
04/04/2018 14:28
atvjodar
En primer lugar tendrán que retribuirle sus nominas de acuerdo a las cont profesionales, en segundo lugar si ha guardado factura de esos tratamientos asi como gastos de transporte podrá pasarlos a la mutua, en cuanto a ese alta con restricciones ya que hubo que reubicarle tendrá que pedir que evalúen esas secuelas y tanto si son invalidantes como si no recibirá una tasación sobre las mismas.
Por último, sobre la operación se debe hacer cargo la mutua pero tenga en cuenta que para que siga siendo accdte laboral no debe dejar pasar 6 meses desde la fecha del alta ya que superado este plazo seria una nueva baja y no una recaída y por tanto volvería a tener problemas con la mutua para considerarlo una cont profesional.
04/04/2018 15:11
atvjodar
Ok. Muchas gracias por la información. Gracias por la rapidez para contestar.