Hola , tengo sentencia firme de 2014 dictada en Asturias , en la cual no pone domicilios ni donde debe residir el menor ni nada al respecto en cuanto a empadronamiento, siendo yo la progenitora custodia y el progenitor no custodio tiene régimen de visitas una vez al mes y vacaciones a medias con manutención de 300€.
Actualmente desde hace dos años residimos en la comunidad donde vive el padre , El Niño está empadronado con el padre porque cuando llegamos el curso estaba empezado y me urgía empadronarlo.Nunca a cumplido visitas y manutención durante muy poco tiempo , actualmente no cumple nada , lo veía más a menudo porque yo lo consentía.Ahora nada.
Me quiero cambiar de comunidad que no influye en las visitas de findes alternos con El Niño , pero el padre se opone.
El cambio de comunidad es por cambio laboral propio y por el bien del niño ya que actualmente va a un cole de euskera y está suspendiendo todo estos últimos dos años , ya que es una lengua nueva para el , en la nueva comunidad irá a un cole en castellano y tendrá transporte escolar y está cercano a mi futuro puesto de trabajo y vivienda.
El padre ya está avisado del cambio de comunidad y que no influirá en las visitas , aún así se opone.
Tengo pensado , irme a la nueva comunidad , empadronarnos El Niño y yo y escolarizarlo.
Mi pregunta es :
Me podría cambiar de comunidad aunque el padre se oponga? La primera vez que cambie de comunidad no se opuso , ni pidió modificación de medidas.
Es extraño que en el convenio o sentencia no se haga ninguna referencia al domicilio del menor, como minimo, asi en sentido un poco amplio, "el menor residira en el domicilio que la madre fije como propio", no se, algo similar...
Si ya cambiaste una vez de comunidad autonoma y no necesitaste el consentimiento del padre ¿por que ibas a necesitarlo ahora?
El problema puede venir a la hora de escolarizar al menor, que te pidan la firma de ambos progenitores, y si el padre se niega, tendras que acudir a un procedimiento de jurisdiccion voluntaria por discrepancias en el ejercicio de la patria potestad.
Pero vamos, cambiar de residencia no lo veo un problema. Sobre todo si tu intencion es volver a Asturias, que entiendo es donde residiais en el momento de establecerse las medidas paternofiliales
Una vez más hasta donde se, los temas de empadronamiento, escolarización, fijar lugar de residencia......corresponden a la PATRIA POTESTAD, no a la custodia.
El que en un cambio de empadronamiento no te haya solicitado autorización del padre y lo hayas podido hacer no quiere decir que se haya hecho bien. No es más que una irregularidad, de las muchas que desgraciadamente ocurren.
Para cambiar de domicilio, no siendo dentro de la misma localidad o a muy poca distancia (lo que, obviamente, no afectaría en nada), a falta de la autorización del otro progenitor se necesita la autorización de un juez.
Para escolarizar al niño, desde luego, no se habría de poder hacer sin la expresa autorización y firma de ambos. O por matrícula extraordinaria, pasando por la correspondiente inspección.
Siendo la situación como describes, al exponer y justificar el desinterés, el incumplimiento y demás....no creo tengas problema.
Depende, mamaria. Por ejemplo, mi convenio quedo redactado con una clausula segun la cual, el hijo menor viviria "en el domicilio que la madre fije como propio". Al estar asi recogido en covenio, nunca he necesitado firma del padre (con patria potestad compartida, por supuesto,) para empadronar a mi hijo en el mismo domicilio en el que yo este empadronada.
Para cambiarlo de centro escolar si (lo que en la practica puede suponer una limitacion, claro), pero, evidentemente, si el hijo menor tiene entre 6 y 16 años, y cambia de comunidad autonoma, es obligatorio escolarizarlo, y asi debe hacerlo la direccion provincial de educacion, sin perjuicio de instar procedimiento de jurisdiccion voluntaria por discrepancias en el ejercicio de la patria potestad.
En mi caso, quedo asi estipulado el tema del domicilio del menor porque yo no me quede con ningun piso comprado en gananciales, por tanto no habia un piso cuyo uso adjudicar al menor
Estando especificado así....claro, no habría ninguna duda.
Ahora, también te digo sarapiki, sabiendo lo que sé hoy, viendo lo que he visto, y más si fuera Padre, no firmaría algo así ni de coña!!! (con perdón!). Imagínate que a la madre le parece estupendo "fijar como propio" su domicilio en Lanzarote. Pero...en fin. Si está firmado y es de mutuo acuerdo...pues nada que objetar.
Fuera de ese supuesto, insisto, para el empadronamiento igual que para escolarización, asignaturas de religión, etc., etc., se necesita firma de AMBOS progenitores. Pues son cuestiones relativas a PATRIA POTESTAD.
Que se hace sin consentimiento? Sin ni siquiera la otra parte saberlo? Pues si. Desgraciadamente ocurre. En muchos casos. Casi siempre (al menos lo que yo conozco) en custodias únicas maternas. No tanto al revés.
No deja de ser una irregularidad. Que se puede reclamar. Y que, espero, ocurra cuantas menos veces mejor. Así como que vaya despareciendo la impunidad para quien lo utiliza en beneficio propio.
En cuanto a que sea obligatoria la escolarización.......Es verdad.
Ahora bien, mientras una madre matricula, desmatricula, cambia de colegio, de domicilio............sin ni siquiera despeinarse, y desde luego sin procedimiento por discrepancias, modificación de medidas........NADA de nada. Es madre; un padre pasa sudores y lágrimas para que se respete ese DERECHO que desde luego el menor, su hijo, tiene a la educación, esté donde esté, y decidan lo que decidan luego los procedimientos que se hayan de hacer.
Así que............... No es tan "fácil". Porque doy fe de que ocurre.
Lo que lamento y aprovecho para comentar es que no suponga la misma dificultad según de quien se trate. Unos pueden decidir lo que quieran, sin que se le ponga ningún problema y utilizarlo descaradamente como estrategia para conseguir ser MUUUY favorecido a la hora de determinar la custodia mientras que otros se arruinan teniendo que afrontar multitud de procedimientos y denuncias, papeleos, declaraciones................. Cuando de qué se trata realmente: del "derecho" que uno tiene por ser madre o padre o del derecho de los hijos?????????????
Efectivamente, digo yo, que el derecho del menor a la educación se habría de respetar, tanto si está con su madre como si lo está con el padre. Independientemente de los procedimientos que fueran necesarios afrontar. Pero... Ya digo que no es así. Como digo también que esas situaciones no son justas, ni tampoco de recibo.
Un saludo
Hola, gracias por sus comentarios.
En la sentencia pone literal 3 puntos:
1.patria protestad :deberá ser compartida por ambos progenitores ejerciendo la guarda y custodia la madre.
2. Régimen visitas : El padre podrá ejercitar su derecho un fin de semana cada mes con un preaviso de una semana, estableciéndose la recogida a la salida del colegio del viernes y entrega en el domicilio de la madre a las ocho de la tarde.Periodos vacacionales serán disfrutados a mitades de mutuo acuerdo .
3. Prestaciones alimenticias: ( hay explica cantidad y gastos extraordinarios)
No pone nada más , puntualizo que el padre está en total conocimiento del cambio , de que vamos a vivir a una hora de donde actualmente vivimos , no influye en las visitas , incluso yo le propuse llegar a un acuerdo de modificar medidas y que fuesen dos meses al mes y en cuanto a la manutención bajar el importe , se niega a todo. ( repito que actualmente no cumple con manutención a mi hijo ,no cumplía con visitas , si no , que lo veía más por acuerdo verbal entre los dos )
Puntualizó también que hace un año le comunique el cambio de comunidad (por temas laborales, los cuales se solucionaron y al final nos quedamos)y no se oponía(estaba soltera) y aora si nos tenemos que cambiar ( por temas laborales) y si se opone ( tengo pareja ).
Os agradezco vuestras opiniones , pero para nada soy una madre que hace las cosas para fastidiar a la otra parte.Es más le pongo las cosas fáciles , lo único que quiero es facilitarle a mi hijo una vida mejor, sin perjudicar su relación y visitas con el padre , aunque si El Niño pudiese decidir , sería no quedarse con el padre , ya que nunca quiere estar con el ... aún siendo un finde al mes . Pero repito que yo quiero que mi hijo tenga figura paterna y no quiero ni aré nunca por que puedan perder esa corta pero relación padre-hijo que tienen.
Estuve pensando que...
Acaba ya el curso escolar y nos tenemos que ir contra el pensamiento del padre y una vez establecido domicilio pues pedir modificación de medidas por cambio de domicilio .
Añadir también que en lo que lleva del mes mi hijo no a recibido ninguna llamada por parte del padre , habiendo tenido exámenes (sabiendo que le van mal los estudios) y habiendo tenido también excursiones escolares .
Por eso pienso que más de mirar por el bien de nuestro hijo , mira por fastidiarme a mí , porque no entiendo su postura.
Un saludo
Para cambiar de domicilio necesitarías el permiso del padre. O en su defecto del juez.
Exponiendo y acreditando toda vuestra situación: que el padre no ejerce las visitas, que se niega a ampliarlas, que no se ocupa ni interesa en nada del niño....no creo ningún juez te ponga problemas
Entiendo todo lo que dices. Más, disculpa, la autorización (del padre o del juez) se ha de tener ANTES de cambiarse, no después.
Un saludo