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Cambio de colegio

9 Comentarios
 
Cambio de colegio
13/01/2021 05:40
Hola, tengo dos hijas y estoy separado con visitas a mis hijas dos veces a la semana y fines alternos. Mi hija mayor pasa a la ESO y en el colegio donde está no tienen. Pero si hay uno a 50 metros de donde está y yo quiero q vaya a ese, pero la madre quiere cambiar tanto a ella como a su hermana menor a un colegio cerca de su trabajo pero están a varios km de su casa y no dispone de autobús. Los lunes alternos las entrego yo en el colegio, quisiera saber qué posibilidades tengo de evitar que las cambie de colegio y que la pequeña siga donde está y la mayor en el colegioquebsta al lado.
13/01/2021 09:52
benito
Buenos las, no soy abogado, pero si tiene la patria potestad compartida con la madre de sus hijos no puede cambiarlas sin su consentimiento. En caso de desacuerdo, creo que deben acudir a un procedimiento judicial de discrepancia en el ejercicio de la patria potestad, donde el juez podrá los argumentos de uno y de otro, y dará la facultad de decidir a uno de los progenitores. Desconozco, si hay otras vías , en caso de desacuerdo, casi mejor que se lo confirme algún abogado.
13/01/2021 23:16
New99
Gracias me imagino que tendré que pagar un abogado y esperar que decida un juez
14/01/2021 11:45
benito
Es tal cual le dicen en el anterior comentario.
No puede cambiar de colegio a sus hijas sin su consentimiento expreso.
Si no llegan a un acuerdo, hay que dirigirse a un procedimiento por discrepancias en el ejercicio de la patria potestad
NO es necesario abogado y procurador, para este tipo de procedimientos.
14/01/2021 16:16
mamaria
Cual es el procedimiento entonces en estos casos de desacuerdo de la patria potestad sino es necesario el abogado?
15/01/2021 03:20
mamaria
Me interesa saber qué es lo que tendría que hacer. Mi idea es ponerlo a través de un abogado ya que me puede aconsejar mejor.
15/01/2021 04:20
Por lo que estuve leyendo tendria que pedir un procedimiento de jurisdicción voluntaria. Pero tampoco se muy bien, cómo es.
15/01/2021 08:44
El procedimiento es jurisdicción voluntaria, por discrepancia en patria potestad

Como le explicaban, se trata de que ambas partes expongan su postura y argumentos. Y el juez, en base a su valoración, otorga a uno de los progenitores la facultad de decidir en ese caso concreto.
En nuestro caso se ha hecho a través de abogado. Pero no es obligatorio. De hecho, la otra parte no contestó ni presentó ningún escrito y acudió a la vista sin abogado.

Aunque habrían de confirmarle, pues no soy letrado, de no contar con abogado y procurador, se trataría de presentar un escrito al juzgado, exponiendo el caso, su decisión y los argumentos en que se apoya.
En teoría, la otra parte habría de hacer lo mismo, una vez le diesen traslado desde el juzgado. Aunque, ya le digo, en nuestro caso, no hubo ningún escrito ni contestación, hasta la propia vista

Puedo decirle, además, que en principio se trata de un procedimiento rápido. Puesto debería resolverse en unos meses (dos, tres, a lo sumo)

Suerte!!
26/01/2021 02:39
mamaria
Muchas gracias, le he mandado un burofax y lo he puesto en conocimiento de mi abogado para que tome las medidas oportunas
26/01/2021 10:21
Guarde muy bien ese burofax.
Le será muy útil, caso de llegar a pleito, para poder acreditar usted no dio su consentimiento.

Lo que si me permitiría "aconsejarle" es que, de conocer el centro concreto en el que la madre pretende matricularlas, se adelante.
En teoría no es posible hacer un cambio de colegio ni nueva matriculación sin autorización de AMBOS progenitores. Pero de que, aún así, se hace, doy fe.
Si la matriculación, por alguna de aquellas, se llevara a cabo...todo se complica. Bastante.
Así que, en su lugar, enviaría igualmente una notificación, al centro en concreto o incluso a la Consejería de Educación que corresponda, indicando MUY claramente no hay acuerdo y usted NO da su consentimiento o autorización para el cambio o para la matriculación en otro centro.
Por qué le digo esto? En ocasiones, cuando como le digo, pese al otro progenitor no haber autorizado se hace el cambio, la "excusa" de la administración es que desconocía la circunstancia.
Y, entonces, pese a que parte de su función sería comprobarla y asegurarse, no hay responsabilidad alguna que asumir. El trámite estará ya hecho. Con muy poca posibilidad de que re revierta.
Si usted se asegura y puede comprobar lo notificó, luego la administración y el centro lo conocían................la excusa no cabe.

Suerte!