chioal,comentanos la sentencia cuando sepas algo por favor porque ya sabes en la situacion que me encuentro ahora mismo y cualquier informacion la agradezco.Un saludo y suerte .
Si fuese la madre ya hubiese decidido pero como soy el padre me imagino que tendrá que estudiaron muy mucho para tomar esta decisión a favor mía.La sociedad no nos ayuda nada .
Bueno ya se ha celebrado el juicio ,estoy a la espera de que dicte el juez la sentencia entre hoy y mañana .El Fiscal le dio un buen repaso y pidió que el juez me concediera la patria potestad para decidir donde vivirán mis hijos ,pero no se si el juez le hará caso .Presente toda la documental necesaria en la que demostraba que la decisión ha sido unilateral ,premeditada y con mala fe .A esperar.
Por que nada mas irse a 70 kilometros pedi modificacion de medidas y me la dieron,luego me divorcie y me la ratificaron.
Ella recurrio a la AP y le han devuelto la custodia.
La custodia me ha durado 1 año y 8 meses,pero en realidad la he ejercido 1 año y 1 mes,ya que ella tardo 7 meses en entregarmelo.Estuve 7 meses,siendo el custodio,sin ver a mi hijo y la AP le ha dado la custodia y todavia no ha sido juzgada por nada(casi 2 años despues de la 1ª denuncia de 16 en total),asi funciona esto.Soy hombre,es lo que hay.
Pues yo,siempre que he visto a mi ex con mi hijo por la calle,a pesar de las ganas que tenia de darle un beso,corria en direccion opuesta.Yo nunca iba a las fiestas,reuniones...por que ella siempre estaba alli,pedia tutorias aparte,al medico lo llevaba por mi cuenta...etc.y lo tenia viviendo a 300 metros.
Le tengo panico a mi exmujer,ya me pase mi noche en el calabozo,fui juzgado y condenado(por tonto) por algo que no hice.
Ahora que esta a 70 kilometros,solo voy alli al colegio para hablar con su tutor,no me acerco por nada mas.
Mi hijo,aunque solo este a 70 kilometros,es posible que tampoco quiera venir conmigo.
La unica diferencia es la incomodidad,para ti, de una mayor distancia.
Yo lo tengo relativamente cerca,pero muy,muy lejos,como siempre.La diferencia es que antes lo tenia 11 dias enteros cada mes(casi custodia compartida),luego tuve la custodia y ahora solo 4 dias.
En mi caso hay alguna diferencia ,por las mañanas me llegaba a la parada de autobús para darles un beso y las visitas interés anales también así como todo el seguimiento que conlleva en el colegio de reuniones ,fiestas y tutorías ,existe una gran diferencia en la distancia ,así como cuando mis hijos estén dentro de unos años con sus amigos ¿ Tu crees que van a venirse conmigo.? Por lo menos si estamos cerca continuarían con sus amigos per yo lo vería ,dormirían conmigo y ellos tan contentos.
El que mi hijo este solo ha 70 kilometros no me sirve de mas que a ti,yo solo lo voy a ver fines de semana alternos y la mitad de vacaciones,lo mismo que tu,es decir segun convenio.
Cuando lo tenia a 300 metros de mi,solo lo veia segun convenio,ni un minuto mas.
A lo de que es parecido a lo mio,me referia a la manera de largarse con tus hijos.
Esta semana tengo el juicio de la privación de patria potestad y el de las medidas cautelares ,ya os contare tengo nuevas informaciones al respecto .Espero que toque un juez razonable e imparcial porque no entendería la justicia de otra manera.Llevo un mes y medio sin verlos ,¿Es lógico para mis hijos.¿Que culpa tienen ellos ..? Hablo por teléfono todos los días y me cuentan que están muy bien ,empiezo a temblar..... Ni me preguntan cuando nos vamos a ver están callados ,creo que están viendo el tema pero no por mi sino por lo que escucharan en su casa y no se atreven a decir nada.
Neguton ,no me parece el
Mismo caso pues mis hijos están a 350 km ojalá los tuviera a70. Iría entre semana y todo pero tantos Kms en invierno con lluvia vientos para los niños me parece una salvajada .el viernes 700 ida y vuelta porque tengo una casa muy bonita para que vivan no para quedarme. En. Un hotel y otros. 700 el domingo eso es normal ?simplemente que los haga ella por eso he solicitado la guarda y custodia de mis hijos porque lo que le ha hecho es un destierro ,además tengo otros dos hijos de mi PRI
Er matrimonio mayores que los echan de menos
Me gustaria que alguien me informara de donde tengo que meterme para ver sentencias sobre este tema ,entre en el consejo general del poder judicial en jurisprudencia pero no encuentro nada al respecto ,gracias
No quiero desanimarte,pero es un caso calcado al mio.Traslado por motivos laborales de la madre,por un trabajo temporal,a mis espaldas,con muy mala leche,matriculandolo en otro colegio sin consultarme,cambio de domicilio a 70 kilometros....y despues un escueto fax a mi abogado y escrito al juzgado con un "me voy".
Estuve rapido,pedi modificar las medidas y me dieron la custodia,pero un año y medio despues la "ilustrisima" AP le ha devuelto la custodia a la madre,por que sgun la AP,ella hizo las cosas asi por que era urgente el traslado.
¿Llevas puestas tres denuncias en un mes y ya a sido condenada?.Pues que suerte,es una buena baza que tienes.Pronto hara 2 años que le puse la 1ª denuncia,de 16 en total,por no entregarme a mi hijo,cuando me dieron la custodia y todavia no ha sido ni juzgada.
También preguntaros como sabe el juez si el traslado de los menores es perjudicial o no y en que se basa para que si se quedaran conmigo no sentirían arraigo para con su madre
No se creo que después de todo piensas que un juez es difícil que le quite la custodia a la madre a no ser que haya algo mas escabroso . Lo que quiero es que pague de alguna manera como lo ha hecho ,con mala de y premeditada ,en fin al final me gastare todo el dinero ,los niños se quedaran con su madre y ella pagara las multas por faltas inferiores a los gastos que tendré con mi abogado.
Chioal, pues me parece que el que su ex se pretenda acoger ahora al 156 CC, a agua pasada, tras una política de hechos consumados, no procede. Debería haber sido antes, no después. No es que sea ilegal pero dice mucho. Vamos que primero hace el traslado, se le condena por incumplir el régimen y, raiz de esto, se acuerda de pedir permiso al juez, pues como que no va a colar.
Por la “adaptación” de los menores, sin dormirse en los laureles, no se preocupe tanto, típicamente se suele considerar arraigados a los menores en el nuevo entorno tras pasar un año en él, incluso hay casos en los que traspasado ese tiempo, habiendo ejercido acciones legales, no se tiene en cuenta ese aspecto por la naturaleza ilegal del traslado.
Correcto ese acumular denuncias en un sólo proceso. En mi caso no era eficaz que se diga, imagínese a una denuncia cada 15 días durante 9 meses. Aparte que los juicios salían bastante rápido en mi zona. Con respecto a las denuncias, vía penal, por incumplimientos, al no ser preceptiva la asistencia letrada, aunque si recomendable, pueden suponer desembolso 0.
Jose Ramon quisiera saber de sentencias si existen sobre este tema , como observo tienes bastante informacion sobre todo lo relacionado con familia.Gracias
He puesto una demanda según
Art 158 para que determine el juez el quebrantamiento de la patria potestad si considera que soy o la madre el que decida sobre el futuro de los niños ,será el 19 de octubre junto con unas medidas cautelares que ha presentado ella urgentes tras la condenatoria de la primera sentencia .?esto es legal tras ser penada que pueda solicitar según art156 que explica el sometimiento judicial PREVIO al cambio de domicilio ,cuando se efectuó a primero de mes
Te entiendo pero estoy algo desesperado el tiempo que pasa pienso que me viene mal ya que los niños van a acabar adaptandose allí ,además llevo 2denuncoas puestas ya que mi abogado me aconseja que las acumules en un mismo procedimiento pues no saldría de los juzgados. La primera fue condenada ,la 2 saldrá el lunes y la 3 se pondrá esta semana ,en fin dinero es lo primero para luchar por tus hijos, no se si podré continuar económicamente
Chioal, como le indica José Ramón, no mediando autorización judicial, incumpliendo sentencia judicial, con condena en incumplimiento de la sentencia en materia de régimen de estancia, pueden haber bases más que suficientes para solicitar un cambio en la custodia.
Aunque yo no me centraría en sus últimas observaciones, segundo post, sino en el traslado en sí, en como se realizó, ahí está el auténtico problema, no en si allá va a haber estabilidad o no, este aspecto puede ser muy discutible y, entiendo, probablemente, de poco peso. Ante todo, si va a actuar, lo debe hacer cuanto antes, no vaya a ser que se le aplique lo del consentimiento tácito, es decir, si no presenta oposición en un tiempo razonable se entenderá que usted admite la situación.
Denuncie, penal, cada incumplimiento de la sentencia. En civil, puede instar un procedimiento de modificación de medidas solicitando la custodia para usted. Como para el procedimiento civil necesitará de abogado y procurador, lo más recomendable es que tenga un mano a mano con el mismo. Por cierto, si encima se recogió en sentencia esa advertencia de que “hasta la modificación de las medidas el traslado debía hacerlo ella”, entiendo que sin los hijos, blanco y en botella, leche no, desobediencia a la autoridad y es delito.