Buenas tardes, como se enfocaría, el supuesto de un cambio de la nave, dónde se recoge la furgoneta de reparto de la empresa, que obliga a un trabajador a hacer más kilómetros, concretamente unos 35kms, después de x años, recogiéndolo en una nave ubicada en el mismo lugar de residencia. Corresponde una compensación por esos kilómetros, demás, si bien a algunos les puede venir bien, porque dependiendo de dònde vivas, podría ser que te ahorraras kilómetros. Se trata de la actividad de reparto de productos de la empresa. No tiene la consideración de MSCT, se considera que por la distancia no obliga a un cambio de residencia (traslado), así que esa vía queda descartada.
Al trabajador que le beneficie tanto en distancia como en tiempo no tendría nada que reclamar mientras que al que resulta perjudicado puede, por un lado, reclamar ese kilometraje así como considerar el tiempo empleado como tiempo efectivo de trabajo.
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