mi hijo de 15 años lleva tiempo diciendo que quiere desprenderse del apellido paterno lo antes posible. Jamás ha tenido relación con su padre, ni lo conoce, y sólo les une una sentencia de filiación por la que se reconoce que es su hijo, a petición mía (su madre).
Hay algún trámite a realizar mientras sea menor de edad o debe esperar a alcanzar la mayoría de edad?
Por otra parte, si mi marido y padre de sus otros dos hermanos, quisiera darle su apellido, podría hacerlo en ese mismo trámite o deberá tener primero mis apellidos y con posterioridad tomar el de mi marido?
Muchas gracias.
Anónimo
15/10/2016 13:56
Anónimo
Buenas tardes
Que me corrija un abogado en la materia, pero hasta donde llego, un padre es un padre, siendo biológico, claro, no se puede, ni se debería poder, eliminar ese hecho, ya que construye una evidencia biológica del hijo con respecto, no solo ya a su padre biológico, sino a su línea paterna en general, abuelos, tíos, primos, etc...
Lo que si creo que se puede hacer, es, en cuanto tenga la mayoría, cambiarse los apellidos, primero el materno y de segundo el paterno.
Saludos.
Anónimo
15/10/2016 13:59
Anónimo
Por otra parte, la segunda pregunta es un rotundo NO.
Eso de poner los apellidos de otra persona que no es su padre biológico, aun con la autorización de la madre, llamado reconocimiento de complacencia, no sólo no se puede, sino que es una perturbación en la llamada verdad biológica, aunque el niño quiera. A lo sumo, tu pareja actual podría instar a un procedimiento de adopción, que requerirá, al tener el niño ya un padre biológico, a la aceptación de éste.
Anónimo
17/10/2016 17:42
Anónimo
Gracias. Entiendo que para ambos casos, la mayoría de edad permitirá a mi hijo decidir sin necesidad de consultar a su progenitor biológico lo que quiere hacer, no?
Gracias
Anónimo
17/10/2016 23:57
Anónimo
Hola
Cuando su hijo tenga plena capacidad de obrar, a los 18 años, podrá, si quiere, cambiar el orden de los apellidos, no eliminar el paterno.
El apellido, tanto materno como paterno, salvo en casos de adopción legal, forma parte de la persona, de sus progenitores, no pudiendose eliminar. Solo podrá cambiar, si así lo desea el orden, colocando en primer lugar el materno y después el paterno, pero como digo, nunca eliminando el paterno.
Un saludo
Anónimo
18/10/2016 10:37
Anónimo
Entiendo entonces que para eliminar en su mayoría de edad el apellido paterno, habrá de inciarse el trámite de adopción legal por parte de mi marido, verdad?
Gracias.
Anónimo
18/10/2016 18:08
Anónimo
Hola de nuevo, no sé que parte no entiendes bien, pero si ya tiene una sentencia que determina la paternidad, la única forma de eliminarla es mediante una prueba de ADN (a través de una demanda de paternidad), del verdadero padre. Pero como es el verdadero padre biologico, no tendrá efecto por una tercera persona.
Tampoco puedes iniciar un trámite de adopción si el padre biologico no dá su consentimiento, por lo que, sea menor o mayor de edad el niño, al ya estar reconocido por su padre biologico, necesitará el consentimiento del padre biologico para que se realice la adopción.