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Cambio de apellido por pérdida de patria potestad

2 Comentarios
 
Cambio de apellido por pérdida de patria potestad
perfil Anónimo
02/10/2016 23:48
Hola!
El juez ha retirado la patria potestad al padre de mi hijo por abandono, por lo que yo la ejerzo ahora en exclusiva.
Es obligatorio que el niño cambie de apellido? Tengo que hacer algún trámite para que conserve el apellido del padre?
Ya que tiene siete años, me parece un trastorno para él tener que cambiarlo en el colegio, tener que decírselo a sus amigos, etc.

Gracias por la ayuda de antemano
03/10/2016 10:28
Anónimo
Yo creo que no, que si no quieres, no hay por que cambiar los apellidos. La perdida de la patria potestad no implica la perdida de la filiacion. El niño sigue siendo hijo de ese padre, con todos los derechos que ello conlleva, por ejemplo, derecho a pension de alimentos, derechos sucesorios...
12/02/2019 11:11
Anónimo
En el Registro Civil indica las circunstancias para el cambio de apellidos:

"Para que se autorice debe acreditarse:

Que el afectado por el cambio usa y es conocido por el apellido que solicita. Ese uso y conocimiento no puede crearse intencionadamente para conseguir el cambio.
Que los apellidos nuevos pertenecen legítimamente al interesado.
Que los apellidos que resulten del cambio, no pertenezcan a una sola línea, sino que sean uno de la paterna y el otro de la materna."

Pero da algunas excepciones como esta:

No es necesario que concurran ninguno de dichos requisitos cuando se den circunstancias excepcionales, supuesto éste, en el que existe un procedimiento especial.

¿Puede ser motivo para el cambio de apellidos? Me refiero a que yo también tengo la patria potestad en exclusiva, estando el padre ilocalizable por BOE. ¿Puede llegar a considerarse esto circunstancia especial para que se haga efectivo?

Tengo pareja pero no se va a realizar el proceso de adopción. Gracias