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Cambio de administrador

4 Comentarios
 
Cambio de administrador
09/06/2010 13:33
Hola a todos.
Queremos cambiar de administrador con el cual tenemos un contrato firmado, que nos obliga a avisarle si queremos rescindir el contrato, con tres meses de antelación. (los cuales ya an pasado)

Queremos hacer esto por dibersos motivos como:
-No organiza las reuniones que solicitamos.
-Dar parte de siniestros a una compañia a la cual habiamos dejado de pagar para contratar otra, y no dando parte a la compañia en vigor, creandonos un perjuicio economico, ya que la compañia nos denunció para que le pagaramos la anualidad. Teniendo al final la comunidad dos seguros contratados.
-Negarse a comparecer a la reunión ordinaria de cambio junta de gobierno.
-No cumplir con las exigencias de los propietarios.
-Pasar recibos de comunidad indevidos.
Y una larga lista de motivos más.

Quisiera preguntaros, ¿cual es el procedimiento para rescindir el contrato que tenemos firmado y que el imcumple?, ya que el se niega a romper dicho contrato y el nos dice que el acuerdo al que llegariamos es que le pagaramos lo que queda de contrato, que finaliza en el mes de Mayo.
11/06/2010 11:18
Si él incumple su contrato, ustedes no están obligado a cumplirlo. Pónganse en manos de un abogado que les asesorará. Les costará menos un abogado que mantener a un parásito durante un año.
12/06/2010 13:24
Si pueden conseguir mayoría entre los propietarios, el tema es fácil.
Convocar Junta General con ese punto en el orden del día y votar su sustitución.
22/06/2010 10:43
Hola,
no es tan difícil el cambio de admnistrador en este caso, pues se puede demostrar, según lo datos que facilitas, la incompetencia del mismo y los graves perjuicios ocasionados.
Yo me pondría en contacto, bien con un abogado, bien con un Administrador para que realice el todas las gestiones oportunas. Te facilito un teléfono donde te pueden ayudar 633582583, pregunta por Antonio
22/06/2010 11:37
Hola a todos:

Anmalosa, yo además te sugeriría que el próximo Administrador que contratéis, no lo hagáis con contrato escrito, ya que pone sus condiciones, sino según la LPH, con lo cual, no habría que informarle con 3 meses de antelación como exige, sólo teneis que hacerlo motivadamente.

Gracias por todo.

Saludos.