Hola: Mi duda es la siguiente, que se debe hacer si cuando se firmo el contrato de arrendamiento los arrendatarios eran tres personas fisicas y ahora esas tres personas se han constituido en una comunidad de bienes? Habria que hacer un nuevo contrato o con un anexo al antiguo contando lo sucedido valdría? Muchas gracias
En mi opinión no es necesario hacer nada, pues la CB es una forma de organizar el patrimino de esas personas. Si los firmantes del contrato son los mismos de la CB , no es necesario, la responsabilidad civil es la misma, y si hay impagos de rentas o cantidades asimiladas, los integrantes responden solidariamente con su patrimonio, no es el caso de las sociedades.
En todo caso comunicarselo al arrenador.