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cambio colegio sin consentimiento del padre

3 Comentarios
 
Cambio colegio sin consentimiento del padre
05/06/2009 09:46
El caso es es siguiente: 1-la madre se cambia de residencia ella y por consiguiente a los menores sin consentimiento del padre cuando ya tiene todo organizado.La jueza está al corriente pero no hace nada.2-el primer fin de semana de intercambio trae a los niños, pero después envia burofax en el q dice que como ha solicitado cambio de medidas para q el padre vaya a su nueva residencia a x los niños, q hasta q la jueza no s pronuncie no los trae más(la residencia está a 400 km);3-el padre denuncia cada incumplimiento, la jueza no hace nada, se presenta ua petición de ejecucución de sentencia al juzgado, todavía no han hecho nada.Aunque la jueza dice que hay una sentencia y q es esa la q se debe cumplir, en el pef tb se lo han dicho a la madre. pero ella dice q x motivos de trabajo(falsos) no los puede traer.5-cuando cambió de colegio a los niños lo hizo mitad de curso(marzo), estuvieron 10 días sin ir al colegio y ahora los vuelve a cambiar para el proximo curso, todo esto sin el consentimiento de padre.Y los niños que no paran de tener cambios en su vida, cuando con el padre podían tener una estabilida q la madre no les da.Con respecto a esto, se solicitó cambio de custodia y peritaje psicosocial en julio de 2008 y todavía ni se ha realizado ni se ha admitidoa tramite.
Mis dudas:
que se puede hacer con el tema del colegio, ya que la patria potestad es de los dos y la madre se la está saltando, se puede denunciar? ya que el juzgado q lleva el caso no hace nada y además es lentisimo, se puede denunciar ante fiscalia de menores? ya que los niños están sufriendo todas las irresponsabilidades de su madre.
si alguien pudiera orientarnos...
Muchas gracias
05/06/2009 11:22
Por lo que he leido mi pareja esta en la misma situacion que tu. La mama del niño se lo llevo en Semana Santa a otra localidad y otro cole sin avisar a nadie y,por supuesto sin pedir permiso. A consecuencia de esto el niño perdio la segunda evaluacion. Ahora, por lo visto le quiere matricular en un cole de otra localidad, por lo que se supone que vuelve a cambiar de casa, amigos... todo.....Hace dos años se lo llevo de la misma manera y estuvo un año a 3000km de nosotros... Y asi siempre... parecen feriantes. La diferencia es que mi pareja, ya harta de que se pisoteasen sus derechos, ha pedido el divorcio con cambio de custodia. El mes que viene tenemos el juicio. Supongo que toda esta locura que ha montado esta señora nos beneficiara en algo, por que en los informes psicologicos destacan la falta de estabilidad del niño y la necesidad que tiene de una rutina, cosa que con esta señora no ha tenido nunca ni de lejos... No lo he comentado, pero, como ella trabaja por la tarde, le deja solo TODA LA TARDE y que el niño se apañe. No se ha parado a pensar lo traumatico que puede ser para un niño que le saquen de su entorno, le lleven a otra ciudad, con otra gente, sin conocer el lugar ni a las personas y le dejen solo toda la tarde??? En que esta pensando esta señora??? Espero que el juez se de cuenta del daño que le esta haciendo al niño...

Un saludo.
05/06/2009 16:30
Cuando se impida persistentemente y sin razón de peso el ejercicio de la patria potestad como por ejemplo la elección de colegio pueden presentar escrito en el juzgado y apelar al art. 156 del CC, si bien es cierto que en el día a día el custodio puede resolver la mayor parte de las decisiones aquellas decisiones relevantes e importantes para el desarrollo, educación y equilibrio de los niños DEBEN acordarse conjuntamente si el no custodio no esta de acuerdo debre expresarlo EXPLICITAMENTE ya que sino se considera su acuerdo tácito. Por mi experiencia personal le puedo decir que logre que mis hijos fueran a un colegio de calidad a partir de los 5 años a lo que la madre se oponía ya que ella prefería la no-escolarización hasta los 6 años.

Le adjunto el articulo del CC

Artículo 156

La patria potestad se ejercerá conjuntamente por ambos progenitores o por uno solo con el consentimiento expreso o tácito del otro. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad.

En caso de desacuerdo, cualquiera de los dos podrán acudir al Juez, quien, después de oír a ambos y al hijo si tuviera suficiente juicio y, en todo caso, si fuera mayor de doce años, atribuirá sin ulterior recurso la facultad de decidir al padre o a la madre. Si los desacuerdos fueran reiterados o concurriera cualquier otra causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad, podrá atribuirla total o parcialmente a uno de los padres o distribuir entre ellos sus funciones. Esta medida tendrá vigencia durante el plazo que se fije, que no podrá nunca exceder de dos años.

En los supuestos de los párrafos anteriores, respecto de terceros de buena fe, se presumirá que cada uno de los progenitores actúa en el ejercicio ordinario de la patria potestad con el consentimiento del otro.

En defecto o por ausencia, incapacidad o imposibilidad de uno de los padres, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro.

Si los padres viven separados, la patria potestad se ejercerá por aquel con quien el hijo conviva. Sin embargo, el Juez, a solicitud fundada del otro progenitor, podrá, en interés del hijo, atribuir al solicitante la patria potestad para que la ejerza conjuntamente con el otro progenitor o distribuir entre el padre y la madre las funciones inherentes a su ejercicio.




07/06/2009 10:12
tritón, me puede decir como se debe hacer ese escrito al juzgado?