Hola malur. Coincido con la respuesta del Sr papino. Lo único que debe hacer es un documento donde se refleje el cambio de NIE a DNI, el cual será adjuntado como anexo al contrato de arrendamiento.
Opino que su nuevo DNI no afecta a los tres elementos esenciales del contrato ya que no altera el consentimiento de ambas partes ni el objeto ni la causa del contrato.
Si lod esea, ambas partes pueden hacer una breve reseña o anexo al contrato principal pero en modo alguno es imperativo ni necesario.
Soy un chico de Ecuador que vivo en un piso de alquiler. Me han hecho un contrato anual prorrogable hasta 5 años. Ahora he adquirido la nacionalidad española y del NIE que tenía paso a tener DNI. Mi pretunta es ¿el arrendador me tiene que cambiar el contrato de alquiler para que conste este cambio? o no es necesario, y si no es necesario, me perjudicará cuando haga la declaración??.