Hola, presente una demanda cambiaria y la parte contraria se opuso alegando falta de legitimación pasiva (porque demandamos a los administradores) y compensación de créditos (porque mis clientes según ellos se habían quedado con mercancías por valor superior a lo reclamado)
Dictaron sentencia estimando la oposición, ahora voy a apelar, mi pregunta es: en la sentencia admiten la compensación de créditos, ¿esa compensación se refiere sólo a créditos cambiarios o como en este caso a créditos extracambiarios?. Gracias