Una empresa recibió notificación den septiembre de 2.010 de una demanda de juicio cambiario por la devolución de un pagaré. Se le reclama principal, costas y gastos.La demanda fue interpuesta en diciembre de 2.009 y la empresa demandada paga el principal mediante ingreso en cuenta corriente del acreedor. Cuando recibe la demanda, se allana a los gastos de devolución y se opone al principal porque lo ha pagado en fecha posterior a la presentación de la demanda. ¿cuál será el pronunciamiento en costas sabiendo que la empresa demandante no requirió nunca a la empresa deudora por la devolución del pagaré? ¿Cabría que se estimase la demanda de oposición por pago y que se impusieran las costas de esta oposición al demandante porque, si bien, cuando presentó la demanda no había cobrado el principal pero después si lo cobró y no puso en conocimiento del Juzgado esta circunstancia dejando que el deudor cambiario tuviera que oponerse para, no pagar dos veces el principal? Gracias.