Hola my_way. Voy a responder por orden de aparación a sus preguntas.
Respecto a la primera. Sí,pueden cambierase los titulares del alquiler. El cambio de arrendador( propietario) a través de donación, herencia, usufructo ect.. y el cambio de Arrendatario( inquilino) a través de un contrato de cesión, el cual deberá ser aceptado por el Arrendador.
Respecto a la segunda. No
En cuanto a la tercera. Si lo desea yo puedo proporcionarle uno.