Hola
Soy extranjero estudiante y tengo la tarjeta de la residencia de los estudiantes y la voy a renovar por la tercera vez y todavia esta en tramite , he casado con mi paisana extranjera lo que tiene 13 años de residencia legal en españa. Mi pareja ha solicitado la nacionalidad hace dos años y todavia esta en tramite.
Mi primera cuestion quiero cambiar la tarjeta de estudiante por una de cinco años por caso de matrimonio lo que hemos celebrado fuera de españa, cual es los requisitos y tramites?
Segunda cuestion este tramite de cambiar mi tarjeta no tiene effectos sobre la solicitud de la nacionalidad de mi esposa?
Si es titular de una autorización de estancia por estudios, no es residente legal en España. Los estudiantes no son considerados residentes legales sino en situación de ESTANCIA.
En general, si se ha casado en España con una persona extranjera extracomunitaria, su cónyuge tendrá que iniciar el procedimiento de solicitud de autorización de residencia por REAGRUPACIÓN FAMILIAR para usted. Ella ya cumple de sobra con el requisito de tiempo mínimo de residencia, pero deberá probar además que cuenta con vivienda adecuada y que sus ingresos son equivalentes, al menos, al 150 % del IPREM mensual. Cuando se haya resuelto el procedimiento y se dicte la resolución favorable, usted deberá regresar a su país y solicitar en el consulado de España un visado de reagrupación familiar. Cuando le sea concedido, regresará a España y solicitará la tarjeta de identidad de extranjero. Como su cónyuge es residente de larga duración, a usted le corresponderá una tarjeta de identidad de extranjero como titular de una autorización de residencia por reagrupación familiar por 5 años, que será temporal. Cuando corresponda renovar, ya será de larga duración.
Pero si usted ya tiene tres años en España, puede solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social, pues el matrimonio con una persona extranjera extracomunitaria residente legal en España prueba que tiene vínculos familiares con otros extranjeros extracomunitarios residentes legales. Pero en ese caso, la autorización de residencia será por circunstancias excepcionales y será por un año, al tiempo que le será exigible contar con un contrato de trabajo o que se recomiende en informe de inserción social que se le exima de contar con contrato de trabajo si su cónyuge cumple con los requisitos para ejercer el derecho a la reagrupación familiar. Luego de un año, tendrá que modificar y renovar la autorización.
Es indiferente el matrimonio que ha contraído con usted para la tramitación de la nacionalidad española por residencia. El procedimiento de nacionalidad española por residencia es competencia del Ministerio de Justicia y tarda alrededor de tres años en resolverse.
Cuando su cónyuge adquiera la nacionalidad española por residencia, a usted le corresponderá una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.
Debe tener en cuenta que casarse con un extranjero extracomunitario residente legal en España no tiene las mismas consecuencias que hacerlo con una persona de nacionalidad española o con un extranjero que sea nacional de otro Estado parte de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza : en el primer caso, estará sujeto al régimen general, que establece la necesidad de solicitar previamente una autorización de residencia por reagrupación familiar o si el extranjero se hallase en España en situación irregular o de estancia por estudios y llevase al menos tres años en España, puede tramitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo social. En cambio, en el segundo caso, queda sujeto a régimen comunitario y puede solicitar directamente la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.