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cambiar la tarjeta

1 Comentarios
 
Cambiar la tarjeta
07/05/2011 17:52
soy estudiante extranjero en barcelona del tercer ciclo con tarjeta de estudiante (legal), y he casado con una chica que tiene residencia de trabajo permanente aqui en barcelona, yo tengo la tarjeta de estudiante y quiero cambiarla al trabajo y por eso querria saber los requisitos que piden en mi caso para cambiar la tarjeta mediante mi mujer. Muchas gracias...
08/05/2011 10:55
Hola. El hecho de haberse casado con una persona extranjera, residente legal en España en régimen general, con autorización de residencia de larga duración, no tiene el mismo efecto que si se hubiera casado con una persona de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.

Podrían darse dos posibilidades:

A) Que su cónyuge solicite para usted una autorización de residencia por reagrupación familiar. En este caso, el procedimiento es un poco más largo y no tendría, en principio, autorización para trabajar, sino solo autorización de residencia. Para poder trabajar, tendría que solicitar una autorización de trabajo, para lo cual, a la vez, requerirá contar con una oferta de trabajo de duración igual o superior a un año; dicha autorización de trabajo comportará a la vez la obtención de una autorización de residencia independiente.

Su autorización de residencia, en tal caso, será temporal, pero su duración irá aparejada a la de su cónyuge, que es de larga duración (es decir, si su cónyuge tiene una tarjeta de residencia de larga duración y le quedan todavía algunos años para caducar, la suya durará exactamente lo mismo); cuando corresponda renovar, entonces usted tendrá ya una de larga duración, independiente.

Lo anterior sería lo procedente.

B) No obstante, dependiendo del tiempo que usted lleve en España, podría, llegado el caso, solicitar una modificación de autorización de estancia por estudios a residencia y trabajo (mínimo 3 años con autorización de estancia por estudios). No sería lo más ortodoxo en el caso suyo, pero sí tal vez algo práctico, toda vez que siendo familiar reagrupado no podrá trabajar directamente (porque los reagrupados, se entiende, dependerán económicamente del familiar que los reagrupa y la necesidad de trabajar puede originarse producto de una circunstancia sobrevenida o de oportunidad).

Un cordial saludo.