Hola, procedo a redactar los hechos esperando que me podáis aclarar unas dudas:
Iba a comprar un artículo en un establecimiento deportivo, y al pasar por caja, el precio del artículo no es el que aparece en la etiqueta, por tanto decido dejarlo, mientras la cajera llama para comprobar el precio, y aparece un segurita que me pide que le acompañe.
Ya dentro del cuartito me acusan de haber cambiado la etiqueta, pues están seguros de que no es un fallo y que según ellos "las etiquetas no se cambian solas". Me preguntan si tengo dinero para pagar el articulo, les digo que no lo iba a comprar, y mucho menos ahora, entonces dicen que llamaran a la policía, los cuales vienen, toman mis datos y sin más explicaciones me dicen que seré citado para juicio, pero nadie me dice porque razón, si por hurto, estafa, intención o simplemente por no querer comprar un producto mal etiquetado. Según los seguritas "me vieron" cambiando la etiqueta, pero nadie me lo ha demostrado con una grabación, y en el caso de que esta grabacion exista y sea mostrada en el juicio, y esto es lo que quiero preguntar:
¿de que se me puede acusar? pues ni he robado, ni tan siquiera he llegado a pagar un articulo mal etiquetado. Según dicen me han visto cambiando una etiqueta, ¿es ésto constituyente de delito?
Si se cambian las etiquetas y pagas el articulo podría entender que se considere estafa, pero si ni tan siquiera lo llegas a pagar... ¿de que te acusan, de presunto intento de estafa?
¿Cuanto puede ser la sanción? ¿Y cuanto puede tardar en llegar la citación? Pues no estaré en el domicilio unas semanas.
Si pueden demostrar que lo has hecho, podrían considerarlo estafa en grado de tentativa, el importe del artículo indicará la calificación del hecho como delito o falta.
Si el valor del artículo supera los 400 euros sería un delito y dependiendo de que artículo era la pena iría de los 6 meses a los 6 años de carcel y multa de seis a doce meses. Al ser en grado de tentativa, la pena se reduciría en 1 o 2 grados dependiendo el grado de cumplimiento. por lo que pasaría a un minimo de 3meses o 1,5meses hasta 3 años o 1,5 añosdependiendo de la reducción.
Si el valor fuera menor de 400 euros, entonces se considera falta y la tentativa de falta no es punible.
Si el valor del artículo es mayor de 400 euros y la diferencia con la etiqueta "errónea" no alcanza esa diferencia, podrías alegar que no cumples el tipo del delito y que es una falta por lo que no tendrías sanción.
Si no hay ninguna grabación y ellos no pueden demostrar que tú has cambiado las etiquetas(porque son ello quienes tienen que demostrarlo) entonces tu eres inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Tengo bastante claro que se trata de una infracción penal de estafa (tentativa), pues al cambiar la etiqueta se pretendió inducir a engaño a la cajera para que realizara una disposición en perjuicio del comercio.
Si no te lo llevaste fue porque la cajera se dio cuenta de que el precio no era el de la etiqueta que habías intercambiado por la original.
Te informo que las tentativas de falta cuando lo son contra las personas o la propiedad también se sancionan. Te pondrán una pena de localización permanente o multa.
El comentario que hice no iba por ti, Enric, pues cuando lo escribí no había visto tu escrito, sino por trecko, que en su mensaje inicial se pregunta: "...¿de que te acusan, de presunto intento de estafa?"
Tranquilo, no es que tu comentario fuera por mi, si no que yo en el mío me he precipitado y cuando he visto el tuyo me he dado cuenta y quería dejarlo claro para evitar confusiones.
gracias por todas las respuestas, os queria preguntar:
por el hecho de no haberme llevado, pagado ni robado nada, solo se me podria acusar de intento de estafa ¿verdad?
¿hay alguna diferencia en la sancion o multa entre un intento o una estafa?
para los acusantes demostrar q efectivamente yo cambie las etiquetas, el unico medio del que se pueden valer seria una grabacion en la que se vea claramente como yo hago el cambio ¿o pueden recurrir a otros medios?
No creo que tuviera más validez su palabra que la tuya, pero en cualquier caso, ellos tienen que demostrar que lo hiciste tú y que además lo hiciste con ánimo de lucro.
lo del ánimo de lucro es muy ambiguo, primero xq pasé por caja (por la tanto habia intención de pagar) y segundo al ver que el precio no concordaba decidí dejar el artículo, x tanto no se como se me puede acusar de hurto, intento o lo q sea...
No se puede ser tan simple trecko. Primero porque si le cambias la etiqueta por otra de un producto similar más barato, hay ánimo de lucro y segundo, porque decidiste dejar el producto pero sólo cuando viste que no colaba. Fíjate si te pueden acusar de estafa... y en cuanto a la palabra del "segurita" como tú le llamas, como el juez después de oíros a los dos encuentre más creíble su versión, para él, será suficiente prueba.
Se podría considerar estafa tentativa, debes de tener en cuenta el valor del objeto en cuestión. En caso de necesitar asesoría te recomiendo http://www.concertacionempresarial.com/php/serviciosver.php?servicio=7&ciudad=1
Pues mira por donde ya sabemos que en Colombia también sería estafa...jajaja. está claro que en todos lados se cuecen habas. Amigo Conemsas este portal es español y lo normal (como en todas partes supongo) para captar clientes es por lo menos aportar algo nuevo...y si se hace en otro sitio mejor que mejor, que para eso están los directorios.