Ya es muy frecuente encontrar en propiedades particulares de todo tipo la instalación de cámaras y videoporteros que instaladas en la fachada o el muro que apuntan directamente a los espacios públicos y con objetivos de gran angular sin el menor recato.
No hace mucho se le puso una multa https://www.facua.org/es/noticia.php?Id=9021
y sin embargo hay otros establecimientos que hacen incluso peores abusos y no ocurre nada.
El caso de un conocido que cuando se paró delante de una finca particular con videoportero y tres cámaras a los pocos segundos salió una voz por el videoportero preguntándole que qué es lo que hacía ahí parado. Se encontraba en plena calle y todas las cámaras barrían todo el espacio público. Irritado, denunció y todo siguió igual.
El artículo que pongo mas abajo, ¿es papel mojado?
Las equipos de videoportero es muy fácil modificarlos para grabar . Basta poner un conector y añadir alimentación permanente a la cámara por si fueran de los videoporteros que se apagan al cabo de unos minutos.
Art. 4.3 de la Instrucción 1/2006 establece que: “Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de aquéllas. En todo caso deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida.”