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Cámara videovigilancia

11 Comentarios
 
Cámara videovigilancia
24/10/2024 15:37
Buenas tardes, hace un par de años pedimos permiso a la Comunidad en un punto del orden del día en la Junta Ordinaria para instalar un cámara de videovigilancia que graba nuestra puerta y la del vecino, cuento con permiso de éste y bajo Acta se aprobó dicha instalación. Ahora se ha comprobado que tenemos un vecino que reconoce bajo Acta grabar zonas comunes desde una mirilla digital de su puerta sin permiso. Recientemente este propietario ha exigido tanto al Presidente como al Administrador que yo desinstale mi cámara. Mi consulta es, si a él (bajo Acta) se le pide retirar dicha mirilla inmediatamente (cosa que aún no ha hecho), ¿me puede pedir la Comunidad que retire mi cámara aún teniendo yo los permisos apropiados bajo Acta?.
Muchas gracias.
24/10/2024 15:53
El vecino podra pedir lo que quiera. Otra cosa es que lleve razon.
Si a usted en junta, consta en acta que la comunidad, le autorizó, la instalacion de una cámara, ese acuerdo no se puede echar para atrás.
El es quien debe retirarla, y si no lo hace, se le puede denunciar, usted, o la comunidad
25/10/2024 19:04
Tahína
Atendiendo su consulta le digo que, una cosa es grabar exclusivamente zonas comunes, que la comunidad acepta; y otra, que además se graben zonas comunes y privadas y que puedan invadir la intimidad de algún vecino.

AP Madrid, Sec. 18.ª, 183/2023, de 5 de mayo. Recurso 227/2023

Ponente: MARGARITA ROSA MARISCAL DE GANTE Y MIRON

EXTRACTOS
La instalación de cámaras de vigilancia en laszonascomunes del edificio no atentan contra el derecho a la intimidad familiar cuando no se captan imágenes de laszonasprivativas.
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El propietario de la mirilla si capta zonas privadas del vecino de enfrente al abrir su puerta está invadiendo su intimidad, cosa que no hace si solamente graba zonas comunes y la comunidad es conocedora de ese hecho y lo acepto en su momento.
Si por el contrario la mirilla no capta zonas privadas, no se le debería privar ya que se incurriría es discriminación frente a esos propietarios que sí se les autorizó.
27/10/2024 09:50
Fontanero
El caso es que sí graba zonas comunes y a todos los que pasamos por ellas, además, a los vecinos y niños de su puerta contigua.
Gracias por su respuesta.
27/10/2024 09:57
He recibido anuncio de una Convocatoria Ordinaria la cual no está firmada ni por el Presidente ni por el Administrador. Cómo punto del día aparece: "Deliberación y votación, desinstalación de cámaras y votación".
Mi duda es si esta convocatoria se acoge a la normativa ya que por un lado no se detalla a qué cámaras se refiere y por otro ya hemos realizado la Junta Ordinaria anual por lo que debería de ser Extraordinaria.
¿Se puede desconvocar o durante la reunión, ésta puede ser anulada?.
Gracias.
27/10/2024 13:18
Tahína
La reunión debería indicar extraordinaria y aquí se ve lo poco profesional del administrador, pero esto no es motivo de anulación de la reunión ya que esto es puro formulismo administrativo.
Sobre el el orden del día no define las cámaras afectadas pero para eso está la reunión, para informar y decidir.
De todas formas, lo más importante de esto es que esté aceptado por la comunidad y anunciado mediante carteles informativos la existencia de estas cámara siempre que graben zonas comunes. Si sólo graban zonas privadas no es necesario acuerdo de la junta pero sí el anuncio de las existencias de estas cámaras.
27/10/2024 14:16
Diga lo que diga la comunidad, las mirillas digitales son perfectamente legales. Nadie puede exigir su retirada.
28/10/2024 12:35
Pepelu90
Son legales pero hay que cumplir la LOPD si graban. Si no graban no.
28/10/2024 14:37
paquito xocolatero
Por supuesto que si graban tienen que cumplir la ley. Pero la comunidad no es quién para exigir su retirada por el mero hecho de que el propietario reconozca que graba zonas comunes.
En esta ocasión, como en otras, se está abusando de la ignorancia del interesado. Otro bien informado podría acudir a los tribunales por acoso.
28/10/2024 15:42
Pepelu, si en este caso se estan grabando zonas comunes de esa comunidad. Y si ésta no es quien paa exigir su retirada.
Quien está entonces capacitado para exigirlo?
Porque la mirillas electrónicas, en si, no estan prohibidas su instalación, ni tene que pedir permiso para su instalacon, si el uso que se las da, no es la grabación.
Peromen este caso, ese propietario, haa reconocido que si graba.
Entonces, si es asi, quien tiene que denunciar, Pepelu ?
28/10/2024 16:27
jalisco
Exacto, porque está grabando incluso a menores y no creo que se respete la normativa en cuanto a Protección de Datos....
28/10/2024 16:39
jalisco
Está permitido que las mirillas digitales graben cuando alguien toca el timbre (que es lo suyo). No se permite que graben permanentemente.
Algo parecido sucede con los videoporteros.