Desde luego, sería interesante que la comunidad te apoyase, pero de no ser así, puedes actuar contra el vecino por ti misma, si efectivamente ha sido él quien ha quitado la pared.
Dices que la vivienda VPO, por lo que estas viviendas estan sometidas a mayores controloes que las privadas.
Informate en el organismo autonómico encargado de las VPO.
Salvo mejor opinión
Si su vecino pertenece a su misma comunidad la cosa va de esta manera según la Ley:
¿Qué actividades están prohibidas?
Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del edificio actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las normas generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El Presidente de la Comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, deberá requerir a quien realice alguna de las anteriores actividades prohibidas para que inmediatamente cese en las mismas, e informarle de que si no lo hace podrán iniciarse acciones judiciales contra él.
Si el infractor persiste en su conducta, el Presidente, previa autorización de la Junta de Propietarios, puede demandarle judicialmente. Para ello, la Comunidad deberá obligatoriamente valerse de Abogado, si bien no será necesaria la asistencia de un Procurador (aunque es muy recomendable).
Presentada la demanda, a la que debe acompañarse la copia del requerimiento remitido al infractor, así como la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios, el juez puede acordar provisionalmente el cese inmediato de la actividad prohibida, y adoptar otras medidas cautelares.
Tras los correspondientes trámites judiciales, el Juez dictará sentencia, donde puede ordenar alguna o todas las medidas siguientes:
Que el infractor ponga fin definitivamente a la actividad prohibida.
Que el infractor indemnice a la Comunidad por los daños y perjuicios causados.
Que el infractor sea privado del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años.
Si ese vecino pertenece a otro bloque debe de intervenir los dos presidentes y proceder en la misma forma pero ya la cosa se complica.
La constructora me ha dicho que esto es un problema comunitario, por lo que antes de ponerlo en manos de un abogado, ¿creéis que debería comunicárselo al presidente y al administrador para llevarlo a una junta de vecinos?. Muchas gracias por vuestra ayuda.
No creo necesario picar en la pared, haga un agujero con un taladro como el que va a poner un cuadro, y si ve a su vecin@ ya lo sabe. Espero que esté visible en ese momento ya que igual se molesta (es broma).
¿Cómo proceder? Lo primero es comunicarle que lo que ha hecho va en contra de las normas urbanisticas y en contra de la LPH. Uno puede hacer lo que quiera en su vivienda pero sin tocar las partes extructurales del edificio ni molestar con estas reformas al resto de vecindario, y ante esto, debe de poner las cosas igual que estaban. Qué no le hace ni puñetero caso (cosa probable) póngase en manos de un abogado el cual le asesorará convenientemente (espero) y comenzar el litigio en la que creo que puede ganar pero, ya sabe que la justicia no es una ciencia exacta y dependiendo de S.S. y como se haya levantado puede salir por la vía tarifa.
Comprendo que lo que le han hecho es una put__da, pero es que hemos llegado a un extremo en este pais, que cada uno hace lo que le da la real gana que para eso la justicia está como está que no hay dios que la entienda, y como dicen algunos abogados: hay pleitos que aun teniendo razón hasta se ganan.
Un saludo
Gracias por vuestas respuestas.
Una vez recabados los planos y comprobado que según el proyecto deberían ir las dos paredes, y teniendo en cuenta que tanto Promotora como Constructura han reconocido que este propietario ha tirado su tabique ¿cómo debo proceder?, ¿a quién me debo diriguir para denunciar esta situación?. Muchas gracias.
Bien, pero primero consigue los planos para ver si efectivamente ahí debería haber una doble pared.
Después pica en tú pared para ver si han eliminado la otra.
Es lo mismo que ha dicho Justa pero en orden "invertido", porque, si resulta que ahí sólo hubiera una pared, según proyecto, tendrías que correr con los gastos provocados por los daños en la parte de esa pared medianera correspondiente a tu vecino.
No sé si me explico.
Me acaban de entregar mi vivienda de VPO y han aparecido unas serie de humedades en la habitación de matrimonio. Tras solicitar por escrito a la constructora, a través de la promotora, que me indiquen las causas del problema y que procedan a la repación de los daños, la constructora me indica telefónicamente que el problema se debe a que el propietario de la vivienda colindante, para ganar espacio, ha eliminado el tabique de la cámara de aire que hay entre su piso y el mío. Y como es natural, ha tenido que enlucir, pintar etc. la parte de mi tabique que da a su casa y que ahora es lo único que nos separa. He pedido a la constructora que me informe por escrito pero se niega y la promotora me dice que el tabique de mi piso es la pared medianera y que la del vecino no. El vecino quiere tan sólo pintarme las humedades provocadas pero yo pienso debe restaurar la cámara de aire teniendo en cuenta que se trata de la insonorización de la habitación de matrimonio y que ha podido modificar la estructura respecto a los planos oficiales. ¿cómo puedo saber que mi tabique es la pared medianera y no lo es la del vecino, pues ambas forman la cámara de aire?. ¿qué debo hacer o a quién me debo diriguir, puesto que ni constructura ni promotora me dan solución?. Muchas gracias.