¿Quién es el responsable de reparar una calle pública de uso privado en el supuesto de una reparación de asfaltado, rotura tubería suministros, desagües, etc? Caso concreto de una calle de casas adosadas cuya propiedad de la misma quedó en manos de la empresa constructora, ahora sin actividad ni patrimonio. No hay división horizontal y las casas limitan con calle de nueva formación. ¿Qué responsabilidad final puede tener el Ayuntamiento en estos casos?. ¿Podrían exigir los propietarios de las casas el arreglo de la calle al ayuntamient? ¿Y el ayuntamiento a los vecinos?