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calle estrecha

4 Comentarios
 
Calle estrecha
18/07/2008 09:08
hola! soy concejal de urbanismo y no se que solución le vamos a dar a una calle que se ha ido estrechando, la zona está clasificada como suelo urbano no consolidado, la gente ha construido sus casas,en las primeras viviendas la calle tiene 5 metros pero se ha ido estrechando conforme han ido construyendo, las viviendas tienen su retranqueo pero la gente a hecho su cerramiento, es decir han hecho su patio y lo han vallado, con lo cual la calle ahora tiene 3 metros y medio de anchura, con lo cual la apertura de la calle dispone de una alineación improcedente, los 5 metros no estan definidos en los planos de las normas subsidiarias pueden servirnos pues se trata de la apertura inicial, los cerramientos son ilegales, esta calle enlaza con otra calle transversal en la que se ha colocado una cadena por parte de un vecino con lo cual la calle se estrecha mucho más , ¿que solución se le puede dar a la calle que se va estrechando? ¿el ayuntamiento puede obligarles a los propietarios a derribar los cerramientos y ,dejar la distancia de los 5 metros que hay al principio de la calle? ¿se puede incluir esta zona dentro de una unidad de ejecución?
gracias
un saludo.
18/07/2008 12:55
dejando a un lado la responsabilidad política de cada uno, porque creo que las respuestas no deben estar influenciadas por quien hace las preguntas sino por la legislación y el sentido común, daré mi opinión ... con una cierta distancia del problema

doy por hecho que cuando se habla de una calle se habla de un vial público

doy por hecho también que no se está hablando de un casco histórico protegido, en el que puede que sea obligado el mantenimiento de las alineaciones existentes

además de que en las normas subsidiarias municipales se debiera indicar la separación de cada nuevo cierre de parcela al eje de cada vial existente, jerarquizando los viales en categorías, en principio no me cabe duda de que tales separaciones están indicadas en las normas subsidiarias provinciales, que son complementarias de las municipales en aquellos conceptos omitidos en éstas

fuera de esa línea de cierre no debe haber nada, ni cadenas ni jardines ... aunque esa línea de separación de lo público y lo privado habrá de obtenerse por cesión o por expropiación ... y la cesión será obligatoria y condicionante de la licencia cuando un propietario la solicite para ejecución de cierre o de cualquier tipo de obra mayor en esa parcela ... y podrá ser por expropiación cuando, no cediéndola voluntariamente, el ayuntamiento considere que es de interés público la apertura del vial con el ancho previsto en planeamiento

sobre las parcelas con cierre ya materializado y que presumiblemente no solicitarán otra licencia a corto plazo, habrá que distinguir entre las que han ejecutado el cierre con licencia y las que lo han hecho sin licencia ... y, entre las que lo han ejecutado sin licencia, y consecuentemente ilegales, habrá que distinguir entre aquellas cuya infracción ha prescrito y las que todavía no ha prescrito en aplicación de la Ley del Suelo vigente en la zona ... debiendo, contra estas últimas, iniciar el correspondiente expediente de infracción urbanística, con legalización de lo legalizable (incluyendo las cesiones) y orden de demolición de lo ilegalizable

para la concesión de una licencia es preceptiva la existencia de informe técnico y de informe jurídico ... elaborado por los correspondientes servicios municipales (arquitecto o aparejador, y abogado o secretario) pudiendo recurrir a los servicios de la correspondiente Diputación en los casos en que los servicios municipales carezcan de técnicos adecuados ... y, la verdad, me sorprende que un concejal de urbanismo tenga que recurrir a un foro de internet para resolver esas dudas, porque su responsabilidad derivará de si su resolución se basa en tales informes técnico y jurídico o, por el contrario, se basa en lo que ha observado por su cuenta ... aunque no me sorprendería si lo único que pretende es conocer "otra opinión"

el que sea suelo urbano no consolidado debiera llevar a otras cosas, tales como la dotación de infraestructuras por quienes soliciten licencia, pero ese es otro tema que exigiría analizar con una mínima profundidad el área en concreto

la unidad de ejecución es otra cosa y, al margen de que requeriría una modificación del planeamiento, aunque fuera una modificación puntual, sólo tiene sentido en parcelas, o en grupos de parcelas, vacías o con edificaciones obsoletas, en las que se entienda necesaria una ordenación especial o una reparcelación, y siempre que sea previsible su materialización a corto plazo

un saludo
18/07/2008 13:40
muchas gracias jecc! me has resuelto muchas dudas que tenía, es que llevo poco tiempo de concejal de urbanismo y no tengo mucha idea de esto, además quiero aprender todo lo que pueda. ¿hay cursos de urbanismo por internet?
muchas gracias
un saludo.
18/07/2008 18:23
no conozco ningún curso de urbanismo por internet, ni los he buscado ni lo he topado, aunque puede haberlos.

por las preguntas que has hecho, de diverso tipo, se deduce falta de experiencia en gestión urbanística ... y, para ser concejal de urbanismo de un pequeño municipio no conflictivo se necesita poco más que ser buena persona y aplicar el sentido común ... y en ese poco más entra el interés por lo que dicen la ley del suelo y el planeamiento, en marcar las páginas donde hablan de las figuras urbanísticas más habituales en tu municipio

si dejas por aquí una dirección de correo electrónico, aunque no sea tu dirección habitual sino una creada exclusivamente para esto, un lugar de contacto en el que se te puedan pedir datos de modo discreto, sería más fácil responder a tus preguntas o indicarte dónde tú mismo puedes encontrar respuestas

insisto en que, en tanto no existan técnicos municipales solventes (quien actúe como secretario tiene la obligación legal de daros respuestas), puedes pedir apoyo técnico de la Diputación ... pero, en todo caso, puedes hacer aquí cualquier tipo de consulta

a continuación trataré de dar respuesta a algunas de ellas, aunque quizá las leas antes que ésta
23/07/2008 12:20
muchas gracias jecc me has resuelto todas las cuestiones, mi correo es genova979@yahoo.com
agradezco tu ayuda, tengo dudas con las modificaciones estructurales y puntuales que establece la LOUA me podrías enviar un listado diferenciando unas de otras.
muchas gracias.