Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Calificacion penal

7 Comentarios
 
Calificacion penal
18/07/2005 01:32
Que delito cometería una persona que va paseando por un campo de noche y una patrulla de policias al observarlo le dan el alto para identificarlo ya que los mismos estan apostados para la localización de un autor de un robo en las proximidades y al darle el alto sale corriendo de lugar y cuando un policia llega a su altura este se intenta zafar de el, incluso llegando a coger al policia de la camisa y casi llegando a tirarlo al suelo, revolviendose con el policia por el suelo sin llegar a agredirle con la intención de salir corriendo.
perfil dp
18/07/2005 09:37
Pero, por qué sale corriendo si se supone que no tiene nada que esconder. O sí?
Para mí, sólo con lo escueto del mensaje, comete una resistencia a agente de la autoridad pues aunque usa fuerza contra ellos lo hace sólo para tratar de huir, no para acometerlos intencionadamente. Pero la frontera es difusa. Habría que confrontar testificales y otras posibles pruebas (comunicados por emisora, partes de lesiones por ambas partes, testificales, si se ajustaba al perfil buscado, etc.).
Si hubo lesiones y se cumplen los requisitos que marca el CPenal, podría cometer tb un delito de lesiones.
Los policías probablemente lo habrán acusado de desobediencia-resistencia-atentado de una tacada.
Ellos, según lo dicho, parece que actuaron correctamente, en el ejercicio de su función requirieron la identificación de un sospechoso, el cual sale huyendo del lugar resistiéndose (la desobediencia es otra cosa, y el atentado más todavía).

Seguro que hay otras opiniones diferentes a la mía.
Verdad, sres?


18/07/2005 17:59
Pues, en principio, coincido con el Sr. DP; en mi humilde opinión falta o delito de resistencia y falta o delito de lesiones.-
De todas formas no descarto que los policías tengan toda la culpa, porque ¿a quién se le ocurre dar tamaño susto a ese pobre paseante nocturno que lo único que buscaba era relajarse con una apacible caminata a través de prados, sembrados o caminos rurales? y encima le dicen "alto" con voz estentórea y claro, como la noche era extremadamente oscura, sin que existiese el más mínimo reflejo lunar, pues claro, como iba a ver a un policía con todos sus distintivos (incluída la gorra), podía ser cualquiera, por ejemplo un caco malo que esperase que pasase uno de los múltiples paseantes que pueblan nuestras campiñas en las noches de verano; si no sólamente le dijeron "alto", sino que le dijeron "alto policía", cualquiera se lo iba a creer...
Por cierto, no entiendo si su único ánimo es huir, y cuando el policía está a su altura, para que le agarra y casi le tira al suelo (pero resulta que ambos ruedan por el suelo); quizás esté de acuerdo también con el Sr. DP que le hayan imputado un atentado de una tacada, porque el poble paseante se acordó en ese momento que, en su juventud, jugaba al rugby, y, que mejor momento que ese para hacer una "melé"; pero claro, el policía asaltante no sabía las aficiones juveniles del paseante nocturno, por lo cual, erroneamente, pensó que le pretendía acometer.- Saludos.-
perfil dp
18/07/2005 19:23
Esta Vd. seguro de que coincide conmigo, sr. observador? Porque el tono de su intervención parece indicar otra cosa, de la que no consigo adivinar su intención ni su real destinatario, aunque
pueda intuirlo.

Entiendo que el requerido al no hacer caso a los requerimientos de los agentes y huir, el policía no se quedó parado y salió en su persecución. Al interceptarlo sería cuando el paisano "se intenta zafar .. incluso llegando a coger al policía y casi tirarlo al suelo".
De ahí que yo entienda que, en mi muy modesta opinión, no cabe el atentado (la doctrina del TS exige otros elementos que aquí no se dan) ni la desobediencia (ídem), pero sí la resistencia y posibles lesiones.
Comenté lo de la tacada porque es algo mecánico que suele ponerse en los atestados redactados por hechos similares al descrito, y no porque se analicen las circunstancias reales que concurren en la incidencia. Unas veces el tema cuadrará con una simple falta de desobediancia, pero otras con un tipo de atentado, incluso agravado. Lo cierto es que fácticamente es imposible (o casi) que unos hechos puedan subsumirse en los 3 tipos penales a la vez.

Pero siempre caben otras visiones y argumentaciones.








18/07/2005 19:29
Hablando seriamente sí que coincido con vd. en su calificación.-
La segunda parte de mi "post" era porque siempre hay que oir a las dos partes, pues, como vd. sabrá por haber estado en los dos lados, el delincuente nunca ha hecho nada; de ahí digo que podría tratarse también de una falta o delito de atentado.-
(Al decir lo de las dos partes, y ocmo puede suponer, no me refiero a que vd. haya sido delincuente, sino ha que ha sido policía y es abogado). saludos.-
19/07/2005 13:06
Y digo yo si a la persona detenida posteriormente la juzgan por una falta de resistencia por entender que no hay motivos para un delito, le pasaría algo a los agentes que realizaron la detención si el detenido les denuncia por no existir motivos para la detención por el caso expuesto por Matias.
19/07/2005 13:09
Sigo con el caso, si despues de lo sucedido mientras el individuo no cesa en su intención de escaparse con lo que imposibilita la identificación del mismo la policía decide proceder a su detención, este sigue mostrando una acción de no dejarse engrilletar sin agredir a los agentes, tal como intentar que no le cojan los brazos, esto tambien sería delito de resistencia o por le contrario una falta. Gracias a todos por los comentarios ilustrados.
perfil dp
19/07/2005 15:41
Sr Observador: recibido. Ok.

Sr JOPO: la falta de resistencia no existe. En todo caso podrían juzgarla por la falta de desobediencia si el juez / fiscal / parte entendieren que la desobediencia es de tipo leve, lo cual no encaja en absoluto con la acción descrita (huye y trata de zafarse usando la fuerza para seguir huyendo). Pero habida cuenta de que tenemos jueces de todo tipo pude haber alguno (y más de uno) que entiendan que no había motivos para detenerlo.
El juez le preguntará: si vd. no había hecho nada y no tenía nada que esconder, por qué huyó? Cuando fue interceptado, porqué usó de la violencia para zafarse y seguir huyendo? Cómo cree vd. que reacciona un presunto culpable?
En el caso de que ese sujeto denunciara a los agentes, lo normal será que fuera desestimada automáticamente.

Sr. Matias: si el sujeto cuando es interceptado y detenido por un delito de resistencia continúa con su actitud, más que aminorar su responsabilidad (falta), ésta se agrava. Yo, si sólo trata de impedir o dificultar la detención, seguiría abogando por el delito de resistencia si una vez engrilletado se calma, pero si continuara con su actitud el delito de atentado sustituirá a la resistencia, eso teniendo siempre presente que desde que es interceptado su actuación hace que la frontera entre ambos delitos sea difusa. En consecuencia, si es acusado de atentado, el agente obraría correctamente.

El ser exigente con los FCS no implica que deban aguantarlo todo ni que actúen caprichosamente en situaciones que, como ésta, les obligan a imponer la ley y el principio de autoridad que representan. Es más, en este caso están legitimados para hacer uso de la fuerza imprescindible para poder ejercer su función eficamente.