Hola, hace unas semanas en mi comunidad subieron las cuotas, no hubo justificación para la subida, ahora van a presentar presupuestos para mejoras y plantean una nueva subida ¿se pueden subir de nuevo las cuotas? ¿hay algún limite o manera legal de calcular una subida justa? hay vecinos que quieren subir la cuota para ahorrar para futuros gastos, gracias
las cuotas se suben en una junta, y esomes totalmente justificable
No se que entiende usted por subida justa
Si hay que hacer obras, ,o normal es hacer derramas y no estar subienfo la cuota.
Tienen administrador ptofesional?
Las cuotas se establecen una vez al año en la junta ordinaria en función del presupuesto.
Se supone que ahora plantearán en una junta extraordinaria una derrama.
A los vecinos que quieren ahorrar yo les recomiendo un buen plan de pensiones (individual) pero no me hacen caso!
Ahora en serio. Lo tienes muy mal porque van a seguir a lo suyo y la única manera de combatir eso es en el juzgado.
Hola, no hay administrador, no hay obras pendientes ni futuras planteadas, se subió la cuota a "ojo" y ahora se plantea contratar servicios externos que parece que no alcanza con lo que hay, y quieren subir de nuevo la cuota además de tener dinero suficiente para gastos extras, por eso me surje la duda de si hay un límite, si se puede pedir que no se use como cuenta de ahorro.
Los elementos de una comunidad de propietarios a nivel nacional excepto en Cataluña son 4, la junta de propietarios, el presidente, el secretario y el administrador. El presidente puede hacer las tres funciones (presidente, secretario y administrador). Sí se contrata a un administrador externo puede hacer también de secretario.
En Cataluña la figura del administrador no es necesario ya que la realizaría el secretario, es decir, no hace falta esa figura, aunque si se contrata, hace la función de secretario con gestión de administración. Puede ser parecido pero no es lo mismo.
Dicho esto y como no sé de dónde nos escribe, cuando dice que no tienen administrador, está usted en un error, porque siempre se ha de tener esta figura.
También le aclaro que no es obligatorio tener un administrador profesional, pero si la comunidad es complicada, sí es aconsejable.
Sobre la subida de cuota debe ser porque el presupuesto anual no se hizo con rigor o haya salido alguna partida que no se contó con ella. De todas formas siempre es aconsejable tener un exceso para cubrir algún imprevisto. De todas formas, éstas subidas siempre se han de acordar en junta para poder explicar los motivos, no se pueden subir de la noche a la mañana por orden imperativa del presidente o secretario.
Creo que su comunidad es del tipo que tienen muchos años, pocos propietarios y ningún conocimiento de la LPH.
como le han dicho, si tienen administrador, y éste cargo lo obstenta el presidente, que cada año presentará la justificación para aprobar los gastos ocasionados y el siguiente presupuesto y que se deberan aprobar en junta por mayoria simple.
Si se van a contratar servicios externos, es necesario su aprobación en junta y con la mayoría necesaria
Y cada año lo lógico y normal es cambiar el cargo de presidente
Aparte por ley hay que tener un 10% del presupuesto para gastos imprevistos
Hola, me preguntaron si había administrador profesional, y no lo hay, y de momento no se ha barajado esa opción, no hay error ya que no es obligatorio, los cargos siempre los asumen los vecinos y es difícil que cambien de idea. Tampoco hubo presupuesto anual y sí, fue subida de la noche a la mañana por acuerdo de la mayoría de vecinos que quieren tener dinero ahorrado para evitar derramas, y claro, opción que me queda, impungar sin ninguna garantía, por eso me gustaría saber si hay algún limite o manera de frenar subidas sin recurrir a juzgados.
Usted puede manifestar su postura contraria a ese acuerdo en la junta argumentando que la ley solo obliga a tener un 10% de exceso del presupuesto anual y nada más. El que quiera ahorrar para una futura eventualidad, que se compre una hucha y lo haga en casa. Y que el tener un exceso de dinero en la comunidad conlleva a antojos que no suelen ser necesarios, pero como hay dinero, pues se gasta. Mire.... aquí ya se ha aconsejado que no es conveniente tener mucho dinero en la comunidad porque desgraciadamente, tanto por una u otra razón, se suele perder. Es mejor no dejar dinero cercano de la mano de alguien para evitar tentaciones. En internet se puede ver decenas de casos denunciados y condenados por esa práctica de apoderarse de lo ajeno en las comunidades de propietarios, unas veces de administradores profesionales, pero también por presidentes.
También decirle que el cambio de presidente debe ser anual, y no cada cuatro años.
En fin, que tenga suerte. Y de ir al juzgado le aconsejo déjese de aventuras, que abogados, procuradores y jueces viven de eso, de problemas ( ya me entiende *)