Si tiene la tarjeta comunitaria temporal (5 años), las ausencias no pueden superar los 6 meses en un año. Esto NO significa año natural. Significa que, si por ejemplo le concedieron la residencia con efecto el 1 de marzo de 2019, no puede estar fuera de España más de 6 meses entre el 1 de marzo de 2019 y el 1 de marzo de 2020. En ningún caso significa, tampoco, que los 6 meses sean en un único viaje. Si se va de vacaciones, por ejemplo, 4 meses, y a los 3 meses se va de vacaciones otros 3 meses, habría superado el tiempo máximo de ausencia.
Mi esposa tiene tarjeta de familiar de comunitario (temporal, 5 años), y no entendemos cómo se contabiliza el límite de salidas de 6 meses en un año. Supongamos que el NIE se emitió en Marzo, podrían contarse:
- Según fecha de la tarjeta: 6 meses de cada Marzo a cada Marzo
- Por año natural: 6 meses de Marzo a Diciembre el primer año, y a partir de ahí de Enero a Diciembre cada año
- Según cada salida: que cada ausencia no supere, individualmente, los 6 meses