Lo que tuvieras entendido no significa que sea lo que corresponda.
Tal como dices el porcentaje es el 100%.
Pero falta saber si la Incapacidad se deriva de enfermedad común o de Accidente de Trabajo y alguna que otra cosa más.
Recurrir si que se puede pero antes hay que estar seguro que la Resolución del Instituto Nacional de la Seg.Social contiene algo que sea recurrible.
En mi opinión.
Tengo 44 años. Me han concedido la incapacidad absoluta. Yo tenia entendido que se cobaba el 100 % de la base reguladora del salariodel trabajo que estaba realizando cuando me puse enferma Pero he visto que me han hecho una media de los 6 ultimos años, resultando un importe mucho inferior de lo que cobraba. Es eso correcto? Se puede recurrir? Muchas gracias