Buenas , necesito calcular una paga extra para una practica de calcular el finiquito en caso de despido y la verdad esque me lo leo , y me lo vuelvo a leer el convenio y no tengo manera de sacar la cantidad de las pagas extras.
Partimos de que es un trabajador con un salario de 1103,04 € mensuales de salario Base
Ademas tiene un plus de convenio de 77,80 € Mensuales .
Tiene derecho a dos pagas extraordinarias de la misma cantidad. La fecha de pago de estas es s'efectua de acuerdo el Articulo 28 del XVI convenio col·lectivo estatal d' empresas de consultoria i estudios de mercado i de la opinion pública.
LA duda surge en este articulo
2. Las pagas extraordinarias de Julio y Navidad deberán hacerse efectivas entre los días 15 y 20, ambos inclusive, de los respectivos meses y en proporción al tiempo trabajado en el semestre natural anterior a la de Julio y en el segundo semestre del año para la correspondiente a Navidad. La fracción de mes se computará como mes completo.
El tiempo trabajado, para el cálculo de la paga extra devengada, dentro de cada uno de los semestres del año, (el primero a efectos de la Paga extra de Julio, y el segundo a los de la Paga extra de Navidad), se medirá del siguiente modo: en primer lugar se sumarán los meses naturales completos (enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio en el primer semestre; julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, en el segundo), efectivamente trabajados. En segundo lugar, se sumarán los días trabajados de los meses no completos por haber ingresado después del primer día del primer mes y/o por haber causado baja antes del último día del último mes. Si el total de días acumulados es igual o menor de treinta (un mes o una fracción de mes), se sumarán al total de meses completos una unidad; si el total de días asciende a cifra igual o superior a treinta y uno (un mes completo más la fracción de un segundo mes), se sumarán dos unidades al total de meses completos trabajados.
Obtenido el total de unidades mensuales computables, la cuantía de la correspondiente paga extra se dividirá entre seis y se multiplicará por el referido total de unidades mensuales computables, siendo dicho producto la cuantía efectivamente devengada por el trabajador.
La verdad que en esto de la suma de los meses naturales de los dias trabajados , estoy echo un lio , Si el total de los dias acumulados es igual o menor a 30... Ayuda porfavor , porque la verdad que no entiendo a que hace referencia
Gracias de antemano
Dejo el enlace del convenio : http://www10.gencat.net/treball_cnc/AppJava/fitxers/upload/catala/99001009/Consultorias_Mercados.pdf